Quiero saber acerca de...
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Artículo 6 bis.- Con carácter general, en caso de prenda sobre las acciones, los derechos de accionista corresponderán al propietario de las mismas. Como excepción, corresponderá al acreedor pignoraticio cuyo derecho real de prenda haya sido notificado fehacientemente a la Sociedad, todos los.
T 909 , F 190, S 8, H VA 1044, I/A 130 (31.07.14).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 149 del Jueves 7 de Agosto de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.