BANKINTER, S.A.

Aumento de Capital Social con cargo a reservas.

En cumplimiento del artículo 503 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Ordinaria de Accionistas de Bankinter, S.A. ("Bankinter" o el "Banco"), en su reunión de 21 de marzo de 2013, acordó, bajo el punto Cuarto del orden del día, aumentar el capital social de Bankinter mediante la emisión de acciones liberadas con cargo íntegramente a la reserva de revalorización de activos, ejecutándose el mencionado aumento en virtud de acuerdo del Consejo de Administración de 2 de abril de 2013.

Los principales términos y condiciones del citado aumento son los que se detallan a continuación:

1. Importe del aumento y acciones a emitir: El capital social se aumenta en un importe de 93.967.689 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 313.225.630 acciones de Bankinter ("Acciones Nuevas") que serán acciones ordinarias de treinta céntimos de euro (0,30 euros) de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación ("Acciones Antiguas"). Las Acciones Nuevas se emiten a la par, es decir, por su valor nominal de treinta céntimos de euro (0,30 euros), sin prima de emisión, y serán asignadas gratuitamente a los accionistas del Banco que ostenten dicha condición según lo dispuesto en el presente anuncio.

Las nuevas acciones se representarán por medio de anotaciones en cuenta cuyo registro contable está atribuido a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal ("Iberclear") y a sus entidades participantes.

2. Contraprestación y balance que sirve de base. El Aumento de Capital se realiza íntegramente con cargo a la reserva de revalorización, cuyo importe a 31 de diciembre de 2012, ascendía a 94.308.172,04 euros, procedente de las operaciones de actualización del valor del inmovilizado material, en concreto de la revalorización de inmuebles realizada el 1 de enero de 2004 conforme a lo dispuesto en el Apartado 6.º de la Disposición Transitoria Primera, "Aplicación por primera vez de esta circular a los estados financieros anuales", de la Circular del Banco de España n.º 4/2004, de 22 de diciembre, sobre Normas de Información Financiera Pública y Reservada y Modelos de Estados Financieros.

El balance que sirve de base a la operación es el correspondiente a 31 de diciembre de 2012, fecha que se encuentra comprendida dentro de los seis meses inmediatamente anteriores al acuerdo de aumento de capital. Dicho balance ha sido verificado por el auditor de cuentas de Bankinter, Deloitte, S.L., con fecha 20 de febrero de 2013 y aprobado por la Junta General Ordinaria de Accionistas del Banco de 21 de marzo de 2013.

3. Derechos políticos y económicos. Las nuevas acciones gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las acciones de Bankinter actualmente en circulación, a partir de la fecha en la que las mismas se inscriban a nombre de sus titulares en los correspondientes registros contables a cargo de Iberclear y de sus entidades participantes.

4. Derechos de asignación gratuita. Cada acción del Banco en circulación otorgará un derecho de asignación gratuita. Los accionistas tendrán derecho a recibir cinco Acciones Nuevas por cada nueve Acciones Antiguas. Los titulares de bonos convertibles en acciones de Bankinter actualmente en circulación no gozarán de derecho de asignación gratuita, aunque tendrán, en su caso, derecho a la modificación de la relación de cambio de los bonos por acciones conforme a lo dispuesto en los acuerdos de emisión y la nota de emisión de los citados bonos convertibles. Los derechos de asignación gratuita se asignarán a los accionistas de Bankinter que aparezcan legitimados como tales en los registros contables de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear) a las 23:59 horas del día de publicación del presente anuncio.

5. Periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita. Los derechos de asignación gratuita serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan y serán negociables en las Bolsas de Valores de Madrid y Barcelona, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) durante un plazo de 15 días naturales, que comenzará el día hábil bursátil siguiente al de publicación de este anuncio (el "Periodo de Negociación de Derechos") y finalizado el cual los derechos se convertirán automáticamente en acciones de nueva emisión del Banco que serán atribuidas a sus titulares. A la finalización del periodo de negociación, los derechos de asignación gratuita que no den lugar a la atribución de Nuevas Acciones de acuerdo con la relación de asignación descrita, se extinguirán.

6. Acciones en depósito. Transcurrido el Periodo de Negociación de Derechos, las acciones nuevas que no hubieran podido ser asignadas por causas no imputables a Bankinter se mantendrán en depósito a disposición de quienes acrediten la legítima titularidad de los correspondientes derechos de asignación gratuita. Transcurridos 3 años desde la fecha de finalización del Periodo de Negociación de Derechos, las acciones que aún se hallaren pendientes de asignación podrán ser vendidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Capital, por cuenta y riesgo de los interesados. El importe líquido de la mencionada venta será depositado en el Banco de España o en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados.

7. Asignación incompleta. El acuerdo de aumento del capital social prevé expresamente la posibilidad de asignación incompleta en los dos casos siguientes: (i) para el caso de que existan derechos de asignación gratuita que una vez transcurrido el plazo de negociación de los mismos, no se vendan ni se puedan agrupar en número suficiente para dar lugar a la asignación de Acciones Nuevas (ii) para el caso en que Bankinter o alguna sociedad de su Grupo renuncien a todos o parte de los derechos de asignación gratuita de los que sean titulares. Al terminar el Periodo de Negociación de Derechos, el Consejo de Administración o, por sustitución, la Comisión Ejecutiva del Banco, procederá a determinar el importe definitivo del aumento de capital.

8. Desembolso. El desembolso se efectuará en su totalidad con cargo a la reserva de revalorización de activos procedente de las operaciones de actualización del valor del inmovilizado material, y se tendrá por producido en el momento en que el Consejo de Administración o, por sustitución, la Comisión Ejecutiva, una vez finalizado el Periodo Negociación de Derechos, formalice contablemente la aplicación del saldo de la cuenta reserva de revalorización de activos en la cuantía definitiva del aumento de capital.

9. Admisión a cotización. Bankinter solicitará la admisión a cotización de las nuevas acciones emitidas en las Bolsas de Valores de Madrid y Barcelona, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo).

10. Documento informativo. De conformidad con lo previsto en la legislación aplicable, Bankinter ha puesto a disposición pública un documento informativo, que contiene información sobre el número y la naturaleza de las acciones, y los motivos y detalles de este aumento. Estos documentos han sido comunicados como hecho relevante a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y están a disposición del público en la página web del Banco (www.bankinter.com) y de la CNMV (www.cnmv.es).

Madrid, 2 de abril de 2013.- El Secretario General.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 62 del Miércoles 3 de Abril de 2013. Avisos y Anuncios Legales, Aumento De Capital.

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