GERIATROS SA

Modificaciones estatutarias

ARTICULO 24.- RETRIBUCION. El cargo de mero Consejero no será retribuido, todo ello sin perjuicio de la satisfacción delos gastos de viaje en los que incurran en el ejercicio de su cargo previa justificación de los mismos. No obstante lo anterior, el Consejero Delegado percibirá, como remuneración.

Datos registrales

T 3438, L 3438, F 223, S 8, H PO 12763, I/A 43 (16.11.12).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 229 del Jueves 29 de Noviembre de 2012. Empresarios, Actos Inscritos.

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