Quiero saber acerca de...
- España
El cargo de administrador será retribuido. La remuneración consistirá en una cantidad fija anual que como remuneración en concepto de sueldo determinará la junta cada ejercicio social. .
T 1886 , F 182, S 8, H GI 31230, I/A 9 (26.10.12).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 214 del Miércoles 7 de Noviembre de 2012. Empresarios, Actos Inscritos.