RWE INNOGY AERSA, S.A. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) (SOCIEDAD ABSORBENTE) RWE INNOGY IBERIA BIOMASA, S.L. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) CENTRAL DE BIOMASA DE LA DEMANDA, S.L. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Anuncio de fusón

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de RWE Innogy Aersa, S.A. (Sociedad Unipersonal), Sociedad absorbente, de fecha 6 de julio de 2012, así como las Juntas Generales Universales de Socios de RWE Innogy Iberia Biomasa, S.L. (Sociedad Unipersonal) y Central de Biomasa de la Demanda, S.L. (Sociedad Unipersonal), Sociedades absorbidas, de fecha 6 de julio de 2012, han acordado por unanimidad, todas ellas, la fusión de las mencionadas Sociedades mediante la absorción por parte de RWE Innogy Aersa, S.A. (Sociedad Unipersonal), Sociedad absorbente, de RWE Innogy Iberia Biomasa, S.L. (Sociedad Unipersonal) y Central de Biomasa de la Demanda, S.L. (Sociedad Unipersonal), Sociedades absorbidas, con la transmisión a título universal de su patrimonio íntegro a la Sociedad absorbente, y disolución sin liquidación de las Sociedades absorbidas, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión de fecha 18 de junio de 2012, el cual ha sido debidamente depositado en el Registro Mercantil de Barcelona y en el Registro Mercantil de Madrid.

Se deja expresa constancia de que al pertenecer de forma directa e indirecta la totalidad de las participaciones de RWE Innogy Iberia Biomasa, S.L. (Sociedad Unipersonal) y Central de Biomasa de la Demanda, S.L. (Sociedad Unipersonal), Sociedades absorbidas, a la sociedad de nacionalidad alemana RWE Innogy GmbH, la cual a su vez ostenta el 100% del capital social de RWE Innogy Aersa, S.A. (Sociedad Unipersonal), Sociedad absorbente, y de conformidad con lo establecido en los artículos 49 y 52 de la LME, la fusión se lleva a cabo sin ampliación de capital en la Sociedad absorbente.

De conformidad con lo establecido en el mencionado artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los Socios y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los respectivos Balances de fusión. Del mismo modo, se deja pública constancia del derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

En Barcelona y Madrid, 6 de julio de 2012.- Derek Alan Henderson y Roberto Navarro Aragay, Administradores Mancomunados de las sociedades RWE Innogy Aersa, S.A. (Sociedad Unipersonal), Sociedad absorbente. Derek Alan Henderson y Laura-Graciela Machado Pittorino, Administradores Mancomunados de las sociedades RWE Innogy Iberia Biomasa, S.L. (Sociedad Unipersonal) y Central de Biomasa de la Demanda, S.L. (Sociedad Unipersonal), Sociedades absorbidas.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 134 del Lunes 16 de Julio de 2012. Avisos y Anuncios Legales, Fusiones Y Absorciones De Empresas.

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