WYETH FARMA, S.A. (SOCIEDAD ESCINDIDA) PAH SPAIN, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace constar públicamente que la Junta General de Accionistas de Wyeth Farma, Sociedad Anónima (en adelante, la "Sociedad Escindida"), al amparo de lo dispuesto en el artículo 160 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, acordó con fecha 30 de mayo de 2012 y tras aprobar el Proyecto de Escisión Parcial redactado por el órgano de administración de esa sociedad, la escisión parcial de Wyeth Farma, Sociedad Anónima mediante el traspaso a la sociedad Pah Spain, Sociedad Limitada (en adelante, la "Sociedad Beneficiaria"), de la totalidad de las participaciones sociales de las sociedades Pfizer Olot, Sociedad Limitada, y Pfizer Salud Animal, Sociedad Limitada, integrantes de la Unidad de salud animal de la Sociedad Escindida. La titularidad de estas participaciones y la adecuada administración y gestión de dichas sociedades vienen a constituirse como una unidad económica a los efectos del artículo 70 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. La escisión se realiza con cargo a una reducción del capital social en la cantidad de ciento quince mil setecientos ochenta y ocho euros (115.788 euros), así como una parte de las partidas del pasivo no exigible denominadas "prima de emisión" que queda reducida en la cantidad de siete millones seiscientos cincuenta y siete mil quinientos noventa y seis euros (7.657.596 euros), "reserva legal" que queda reducida en la cantidad de catorce mil cuatrocientos veinte euros (14.420 euros), "otras reservas" que queda reducida en la cantidad de ciento ocho euros (108 euros) y "resultado del ejercicio" que queda reducida en la cantidad de trece millones cuatrocientos ochenta y un mil seiscientos veintisiete euros (13.481.627 euros), de la Sociedad Escindida, que seguirá existiendo tras la escisión, y el traspaso en bloque de la referida Unidad de salud animal a la Sociedad Beneficiaria, que la adquiere por sucesión universal, con todos los derechos y obligaciones inherentes a la misma, todo lo anterior en los términos establecidos en el Proyecto de Escisión Parcial depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 30 de mayo de 2012.

Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el balance de escisión parcial. Se informa igualmente a los señores acreedores que podrán ejercitar el derecho de oposición a la escisión que les corresponde conforme a lo previsto en el artículo 44 de la LME, por remisión del artículo 73 del mismo texto legal, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión.

Madrid, 11 de junio de 2012.- Don Vicente Morales Fernández, Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad Escindida.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 114 del Lunes 18 de Junio de 2012. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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