IBERDIAGNOSIS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) TELECABLE MEDITERRÁNEO, S.L. UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Por la Junta general extraordinaria y universal de socios de la mercantil "Iberdiagnosis, Sociedad Limitada", con CIF B-46033114, como sociedad absorbente y de la sociedad "Telecable Mediterráneo, S.L. Unipersonal" con CIF B-96537055, como sociedad absorbida, celebradas ambas en fecha 10 de mayo de 2012, se ha aprobado, por unanimidad, la fusión por absorción de la mercantil "Telecable Mediterráneo, S.L. Unipersonal", como sociedad absorbida, por la entidad "Iberdiagnosis, Sociedad Limitada", como sociedad absorbente, con extinción por disolución sin liquidación de la entidad absorbida, y transmisión en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente que adquiere, por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

Al haberse acordado la fusión conforme al artículo 42 de la mencionada Ley, no resulta precisa la publicación o depósito de los documentos exigidos por la ley ni el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, respetándose, en su caso, los derechos de información expresamente recogidos en dicho artículo 42.

Por tratarse de una fusión de sociedad íntegra y directamente participada, es de aplicación el artículo 49 de la Ley sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, no procediendo establecer relación de canje ni los informes de expertos independientes y del órgano de administración sobre el proyecto de fusión, ni aumento de capital y aprobación de la fusión por la sociedad absorbida.

Asimismo, se hace constar que se ha dado cumplimiento a la obligación de puesta a disposición de las personas que se señalan en el artículo 39 de la Ley 3/2009, especialmente de los trabajadores de las sociedades antes mencionadas, en sus respectivos domicilios sociales, de la documentación e información a la que se refiere y se detalla en el citado precepto.

De igual modo, se hace constar expresamente, a efectos de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los respectivos balances de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores y demás personas indicadas de las sociedades a fusionar a oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Valencia, 14 de mayo de 2012.- El Administrador único de la entidad absorbente "Iberdiagnosis, S.L." y Administrador único de la entidad absorbida "Telecable Mediterráneo, S.L.U", Fdo. Vicente Saus Mas.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 105 del Martes 5 de Junio de 2012. Avisos y Anuncios Legales, Fusiones Y Absorciones De Empresas.

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