FIESTA, S.A.

En cumplimiento de lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, y con referencia a todos sus artículos y en especial a los artículos 304, 305 y 319, así como a la legislación concordante y aplicable, se hace público:

Primero.- Que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de la sociedad "Fiesta, S.A" (la "Sociedad") CIF A-28148427, celebrada en primera y única convocatoria el día 6 de octubre de 2011, válidamente constituida, adoptó por unanimidad de los asistentes el acuerdo, cuyos términos y condiciones relevantes se detalla a continuación:

"3. Reducción de capital de la sociedad a cero euros (0 €) con la finalidad de compensar pérdidas y simultáneo aumento del capital social en la cuantía de ciento diez mil euros (110.000 €) mediante la emisión de acciones nuevas, con delegación de facultades al Consejo de Administración, con facultad expresa de sustitución en los miembros del Consejo que estime conveniente para determinar las condiciones del aumento no previstas en este acuerdo de conformidad con lo establecido en el artículo 297 de la Ley de Sociedades de Capital, para realizar los actos necesarios para su ejecución. Adaptar, en su caso, los artículos 5 y 6 de los estatutos sociales de la Sociedad a la nueva cifra de capital social y otorgar cuantos documentos públicos y privados sean necesarios para la ejecución del aumento".

Que en ejecución de la adopción del acuerdo anterior, el Consejo de Administración, en junta del consejo celebrada el 10 de octubre de 2011, acordó determinar las condiciones del aumento de capital no previstas de la siguiente forma:

Primero.-Reducir el capital social a cero euros (0,00 euros), con la finalidad de restablecer el equilibrio entre aquel y el patrimonio de la Sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas, y de aumentarlo de forma simultánea hasta ciento diez mil euros (110.000,00 euros), de acuerdo con las siguientes condiciones:

1.ª Una vez aplicadas la totalidad de las reservas de la Sociedad a la compensación de las pérdidas incurridas en los ejercicios precedentes, el capital se reduce en su totalidad.

2.ª La reducción se efectúa mediante la amortización de la totalidad de las acciones emitidas por la sociedad, números 1 a 10.058.879, todas inclusive. Dichas acciones quedarán amortizadas de pleno derecho y sus títulos representativos quedarán carentes de su valor de tales en el momento en que culmine la ejecución del simultáneo acuerdo de aumento del capital, sin que proceda abonar suma alguna a los accionistas.

3.ª El aumento de capital de la Sociedad se realiza mediante la creación y emisión a la par de 110.000 acciones nominativas integradas en una única clase y serie. Serán emitidas a 1 euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente desde el 1 al 110.000 ambos inclusive y con los mismos derechos y obligaciones.

4.ª Suscripción preferente: Los actuales accionistas podrán ejercitar su derecho de suscripción preferente en el plazo de un mes desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, en proporción a su cuota de participación en el capital social.

Los accionistas que deseen ejercitar sus derechos deberán, con carácter irrevocable, manifestarlo por escrito firmado. El escrito se dirigirá al Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad, en el que constará la voluntad de suscribir nuevas acciones.

Resto de suscripción: Finalizado el plazo de un mes para la suscripción y habiendo quedado parte de la ampliación sin suscribir, se ofrecerá al resto de accionistas que sí han manifestado su voluntad de suscripción de su parte, para que suscriban, con carácter preferente, la parte que quede por suscribirse. Para ejecutar todo ello, al finalizar el mes de la suscripción preferente, el Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad enviará Burofax citando a los accionistas que sí han manifestado su deseo irrevocable de suscribir, para que en el plazo de cinco días se celebre una reunión ante él, que deberá ser celebrada antes de finalizar el plazo de 15 días fijados para el pago, en el que los accionistas que deseen también suscribir, en la proporción que les corresponda esa ampliación, lo manifiesten en forma irrevocable.

Los accionistas que acudan a la ampliación deberán, cuando sea el caso, desembolsar el importe de las acciones en la cuenta de la sociedad, en el plazo de 15 días desde la finalización del plazo de un mes para el ejercicio del derecho de suscripción preferente.

5.ª Que las acciones, al ser suscritas, deberán ser desembolsadas al 100 por 100 de su valor nominal. El importe de la aportación deberá necesariamente ser dineraria y en efectivo por el accionista o futuro accionista que deberá ingresarse en la cuenta bancaria que la sociedad tiene abierta a su nombre en el "Banco Bankia", en la oficina de Alcalá de Henares provincia de Madrid sita en la Avenida de Castilla, n.º 2, siendo los datos bancarios de la cuenta 2038 2823 88 6000157963.

En caso de no abono de la totalidad, podrán los accionistas que sí hagan sus aportaciones, hacer la suscripciones de las que queden vacantes en el plazo de 10 días posteriores a la finalización del plazo de ingreso aquí establecido.

Transcurrido este último plazo, los derechos de suscripción preferente de los accionistas no ejercitados quedarán automáticamente extinguidos a la finalización. En este supuesto las acciones no suscritas podrán ser ofrecidas y suscritas por terceras personas. Si los accionistas que inicialmente acudieran (en el plazo inicial de un mes) manifestaran que no desean suscribir acciones adicionales no suscritas por otros accionistas estas podrán ser ofrecidas directamente a terceras personas sin necesidad de que finalice ningún plazo adicional (es decir, una vez hubiere transcurrido el plazo de un mes inicial).

Alcalá de Henares, Madrid, 8 de noviembre de 2011.- Presidente del Consejo de Administración.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 216 del Martes 15 de Noviembre de 2011. Avisos y Anuncios Legales, Otros Anuncios Y Avisos Legales.

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