CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE GIPUZKOA Y SAN SEBASTIÁN - GIPUZKOA ETA DONOSTIAKO AURREZKI KUTXA (ENTIDAD SEGREGANTE) BANCO BILBAO BIZKAIA KUTXA, S.A.U. (ENTIDAD BENEFICIARIA)

Anuncio de segregación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("Ley de Modificaciones Estructurales"), por remisión expresa del artículo 73 de la misma, se hace público que la Asamblea General de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Gipuzkoa y San Sebastián-Gipuzkoa eta Donostiako Aurrezki Kutxa (la "Caja") y el Accionista Único de Banco Bilbao Bizkaia Kutxa, Sociedad Anónima Unipersonal (el "Banco"), en sendas sesiones de 23 de septiembre de 2011, acordaron la segregación a favor del Banco de la totalidad de los elementos del activo y del pasivo que integran el patrimonio de la Caja, con excepción de determinados activos y pasivos excluidos vinculados a la Obra Social.

Los acuerdos relativos a la segregación han sido adoptados de conformidad con el proyecto de segregación formulado por los Consejos de Administración de la Caja y del Banco, en sendas sesiones de 30 de junio de 2011, y depositado en los Registros Mercantiles de Gipuzkoa y de Bizkaia, y sobre la base de (i) el Balance individual de la Caja cerrado a 31 de diciembre de 2010, designado como balance de segregación por la Asamblea General de la Caja de 23 de septiembre de 2011, y (ii) el Balance del Banco cerrado a 15 de junio de 2011, designado como balance de segregación por decisión del Accionista Único del Banco de fecha 23 de septiembre de 2011.

De conformidad con lo previsto en el proyecto, la ejecución de la segregación se halla sujeta al previo cumplimiento de determinadas condiciones suspensivas, entre ellas la obtención de las preceptivas autorizaciones del Ministerio de Economía y Hacienda y del Gobierno Vasco.

En cumplimiento del artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los consejeros generales de la Caja, a los accionistas del Banco y a los acreedores de ambas entidades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de segregación, así como el derecho de los acreedores de ambas entidades a oponerse a ella, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de segregación, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales. A tal efecto, los acreedores que pretendan oponerse a la segregación deberán dirigir un escrito al Consejo de Administración de la respectiva entidad en el que se identifique el crédito en virtud del cual se oponen, se justifique su titularidad o legitimación en relación con el mismo y se acredite que dicho crédito cumple los requisitos indicados.

Bilbao y Donostia-San Sebastián, 23 de septiembre de 2011.- Xabier Iturbe Otaegi, Presidente del Consejo de Administración de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Gipuzkoa y San Sebastián-Gipuzkoa eta Donostiako Aurrezki Kutxa. Ignacio Sánchez-Asiaín Sanz, Presidente del Consejo de Administración de Banco Bilbao Bizkaia Kutxa, Sociedad Anónima Unipersonal.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 188 del Lunes 3 de Octubre de 2011. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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