Quiero saber acerca de...
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Artículo 22º.- Los Administradores percibirán como retribución, con cargo a los gastos generales de la Sociedad, las siguientes cantidades fijas: Al Presidente del Consejo de Administración, setenta y dos mil euros. Al Vicepresidente del Consejo de Administración, en el que además se delegan las.
T 90 , F 6, S 8, H SC 6602, I/A 29 (11.01.11).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 15 del Lunes 24 de Enero de 2011. Empresarios, Actos Inscritos.