JOYERÍA TOUS, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) TOUS JOYEROS MADRID, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Anuncio de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar que la Junta General de Socios de "Joyería Tous, S.A" y el socio único de la sociedad "Tous Joyeros Madrid, S.A. (Sociedad Unipersonal), han decidido aprobar, en fecha 14 de octubre de 2010, la fusión de las referidas sociedades mediante la absorción de "Tous Joyeros Madrid, S.A.U." por parte de "Joyería Tous, S.A.", en los términos del proyecto común de fusión elaborado por los Administradores de las referidas sociedades con fecha 29 de junio de 2010, y depositado en los Registros Mercantiles de Lleida y Madrid, el día 30 de junio de 2010.

La fusión se realiza al amparo de lo establecido en el artículo 52 en relación con el 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, por tratarse de una fusión de gemelas a la que aplica la regulación de las fusiones por absorción de sociedad íntegramente participada.

La referida fusión se lleva a cabo con extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de la absorbida. Asimismo, se ha adoptado la decisión de aprobar el acogimiento de la operación de fusión al régimen de neutralidad fiscal.

Se hace constar que se aprobaron los respectivos balances del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2009 como Balances de fusión y que las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas por cuenta de la sociedad absorbente, a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2010.

A su vez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la mencionada Ley, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y de los Balances de fusión aprobados, así como el derecho a oponerse a la fusión, en los términos del artículo 44 de la citada Ley, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de este acuerdo de fusión.

Lleida/Madrid, 15 de octubre de 2010.- Administrador Solidario.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 201 del Martes 19 de Octubre de 2010. Avisos y Anuncios Legales, Fusiones Y Absorciones De Empresas.

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