CEMENTOS COSMOS, S.A.

Por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 7 de septiembre de 2010, se convoca a los Señores Accionistas a la Junta General Extraordinaria, que se celebrará en el domicilio social, calle Brasil, 56, 36204 Vigo, el día 29 de octubre de 2010, a las once horas, con arreglo al siguiente

Orden del día

Primero.- Aprobación del Balance de Fusión.

Segundo.- Aprobación de la fusión por absorción de "Tabanque, Sociedad Limitada Unipersonal", "Sociedad Industrial y Financiera Gallega, Sociedad Limitada Unipersonal" y "Servicios y Materiales para la Construcción, Sociedad Anónima Unipersonal", por parte de "Cementos Cosmos, Sociedad Anónima", de conformidad con el Proyecto de Fusión.

Tercero.- Acogimiento al Régimen de Tributación Fiscal especial.

Cuarto.- Delegación de facultades para formalizar, ejecutar, inscribir, rectificar o subsanar los acuerdos adoptados.

Quinto.- Lectura y aprobación, si procede realizarla, del Acta de la Junta.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley de Modificaciones Estructurales, se hacen constar las siguientes menciones del Proyecto Común de Fusión: 1. Identificación de las Sociedades intervinientes en la Fusión: Absorbente: Cementos Cosmos, Sociedad Anónima, domiciliada en 36204 Vigo, calle Brasil, 56, y C.I.F. A-28.013.704. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, Folio 78v, Libro 129, Hoja 1.854 Absorbidas: Tabanque, Sociedad Limitada Unipersonal, domiciliada en 36204 Vigo, calle Brasil, 56, y C.I.F. B-83.255.638. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, Folio 93, Tomo 3189, Hoja PO-39910. Sociedad Industrial y Financiera Gallega, Sociedad Limitada Unipersonal, domiciliada en 36204 Vigo, calle Brasil, 56, y C.I.F. B-36.947.067. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, Folio 200, Tomo 3037, Hoja PO-36513. Servicios y Materiales para la Construcción, Sociedad Anónima Unipersonal, domiciliada en 36204 Vigo, calle Brasil, 56, y C.I.F. A-15.200.983. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Folio 41, Libro 1429, Hoja PO-11628. 2. Incidencia sobre aportaciones de industria o prestaciones accesorias: La fusión no incide en este aspecto ni se otorgará compensación alguna a los accionistas de la Sociedad Absorbente, pues en las sociedades intervinientes en la fusión no están permitidas las aportaciones de industria y no existen prestaciones accesorias. 3. Derechos especiales: No existen titulares de acciones de clases especiales o de derechos especiales o tenedores de títulos distintos de las acciones. Por ello, no se otorgarán derechos ni se ofrecerán opciones de ningún tipo a ninguna persona. 4. Ventajas a favor de los Expertos Independientes y Administradores: Conforme al artículo 49.1.2º de la LME, no será necesario el informe de expertos independientes sobre el Proyecto de Fusión. Por tanto, no procede la mención a las ventajas especiales a favor de los expertos independientes. No se atribuirán ventajas de ningún tipo en la Sociedad Absorbente a los administradores de las sociedades que se fusionan. 5. Fecha de efectos contables de la fusión: Las operaciones de las Sociedades Absorbidas se considerarán realizadas a efectos contables por la Sociedad Absorbente, a partir del 1 de enero de 2010. 6. Estatutos de la Sociedad resultante de la fusión: No se realizarán modificaciones a los Estatutos Sociales de la sociedad resultante de la fusión como consecuencia de la misma. 7. Posibles consecuencias de la fusión sobre el empleo, así como su eventual impacto de género en los Órganos de Administración y la incidencia, en su caso, en la responsabilidad social de la empresa: La fusión no tendrá consecuencias sobre el empleo, ni impacto de género en los órganos de administración, ni incidencia en la responsabilidad social de la empresa. Se hace constar, conforme a lo dispuesto en los artículos 39 y 40.2 de la Ley de Modificaciones Estructurales, el derecho que corresponde a todos los accionistas y a los representantes de los trabajadores (no existiendo obligacionistas ni titulares de derechos especiales), a examinar en el domicilio social los documentos relacionados en el artículo 39 de la citada Ley (incluyendo el texto íntegro de los estatutos sociales de la sociedad absorbente), teniendo el derecho de obtener la entrega o envío gratuito de los mismos.

Vigo, 7 de septiembre de 2010.- El Secretario del Consejo de Administración, Luis Güell Cancela.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 185 del Viernes 24 de Septiembre de 2010. Avisos y Anuncios Legales, Convocatorias De Juntas.

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