REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS, S.A.

En virtud del Acuerdo del Consejo de Administración de la sociedad,en su sesión del día 23 de Abril de 2.010,se convoca Junta General Ordinaria de Accionistas de Repsol Comercial de Productos Petrolíferos,Sociedad Anónima para el próximo día 25 de Junio de 2.010, a las 12.00 horas, en el salón de actos del domicilio social, Paseo de la Castellana numero 278, de Madrid, en primera convocatoria, y para el día 26 de Junio de 2.010, a la misma hora y en el mismo lugar, en segunda convocatoria, para el caso de que a la primera no concurriera número suficiente de acciones para proceder a su celebración. La Junta General tratará los asuntos comprendidos en el siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación de las Cuentas anuales y el Informe de Gestión correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de Diciembre de 2.009 y censura de la gestión del Consejo de Administración durante dicho ejercicio.

Segundo.- Aplicación del resultado del ejercicio cerrado a 31 de Diciembre de 2.009, a la vista de la propuesta del Consejo de Administración.

Tercero.- Autorización al Consejo de Administración para acordar, con los requisitos legales, el pago de dividendos con cargo a reservas o cantidades a cuenta de dividendos.

Cuarto.- Informe de los administradores, en su caso, sobre cualquier modificación importante del Activo o del Pasivo de las sociedades intervinientes en la fusión cuyo Proyecto común se somete a la aprobación de la Junta General, acaecida entre la fecha de redacción del Proyecto común de fusión y la de la reunión de la Junta General, de conformidad con el artículo 39.3 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Quinto.- Aprobación del Proyecto común de Fusión de sociedades íntegramente participadas por absorción de Repsol Comercial de Productos Petrolíferos,Sociedad Anónima, en calidad de absorbente, y de Napesa, Sociedad Anónima y Servibarna,Sociedad Anónima,en calidad de sociedades absorbidas, que fue aprobado y suscrito por los Administradores de dichas sociedades el día 26 de Marzo de 2010 y, en consecuencia, adopción del acuerdo de fusión, ajustado estrictamente al referido Proyecto común de fusión, de conformidad con los artículos 40.1 y 49.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y artículo 228 del Reglamento del Registro Mercantil.

Sexto.- Aprobación, como balance de fusión, del correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de Diciembre de 2009, que ha sido verificado por los Auditores de Cuentas de la sociedad, de conformidad con los artículos 36 y 37 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Séptimo.- Sometimiento del proceso de fusión al régimen fiscal del capítulo VIII del Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

Octavo.- Acuerdos que, en su caso, procedan sobre la composición del órgano de administración.

Noveno.- Designación o reelección de auditores de cuentas de la Sociedad.

Décimo.- Atribución de facultades para el desarrollo, documentación y ejecución de los acuerdos de la Junta.

Se hace constar que, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Sociedades Anónimas, el Consejo ha acordado requerir la presencia de Notario, a fin de que levante acta de la Junta General, cuyo acta notarial tendrá la consideración de acta de la Junta. Podrán asistir a la Junta General los titulares de acciones que las tuvieren inscritas en el Libro Registro de acciones nominativas con cinco días de antelación a aquél en que haya de celebrarse en primera convocatoria, y los titulares de acciones que acrediten en el acto de la Junta mediante documento público su regular adquisición de quien aparezca en dicho libro como titular. Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otro accionista. La representación se conferirá por escrito y con carácter especial para cada Junta. No será de aplicación esta limitación cuando el representante sea el cónyuge, ascendiente o descendiente del representado, ni tampoco cuando aquél ostente poder general conferido en documento público con facultades para administrar todo el patrimonio que tuviere el representado en territorio nacional. Tales circunstancias se acreditarán mediante la presentación de documentación que acredite suficientemente la relación de parentesco, o mediante la exhibición del documento público. Desde la fecha de publicación de la presente convocatoria, los accionistas podrán examinar en el domicilio social, así como obtener la entrega o el envío gratuitos del texto íntegro de las cuentas anuales y propuestas de acuerdos que se someten a la aprobación o consideración de la Junta General.

Madrid, 23 de abril de 2010.- El Secretario del Consejo de Administración, don Blas Oliet Palá.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 94 del Miércoles 19 de Mayo de 2010. Avisos y Anuncios Legales, Convocatorias De Juntas.

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