Quiero saber acerca de...
- España
ARTICULO 17º.- La Sociedad será regida y administrada por UN ADMINISTRADOR UNICO.. ARTICULO 19º.- El Administrador ejercerá su cargo por plazo INDEFINIDO..
T 652, L 416, F 115, S 8, H AB 8738, I/A 5 (27.01.10).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 24 del Viernes 5 de Febrero de 2010. Empresarios, Actos Inscritos.