REALIZACIONES TURÍSTICAS, SOCIEDAD ANÓNIMA

Anuncio de canje de acciones

En cumplimiento de lo previsto en el proyecto y en el acuerdo de fusión por absorción de las entidades Realizaciones Turísticas, S. A. (Sociedad absorbente) y Hoteles Turísticos, S. A.; Moteles de las Grandes Rutas Españolas, S. A.; Industrias Turísticas, S. A., y Urme Real, S. L. (sociedades absorbidas), por medio del presente anuncio se convoca a los accionistas de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas al procedimiento de canje de acciones y participaciones.

Las acciones de Realizaciones Turísticas, S. A., que se entregarán en el canje, serán acciones de nueva emisión procedentes de la ampliación de capital inicial acordada para atender dicho canje, y están representadas mediante títulos nominativos.El tipo de canje será el previsto en el proyecto y aprobado en el acuerdo de fusión, es decir:

a) Tres acciones de nueva emisión de Realizaciones Turísticas, S. A., de 42,07 euros de valor nominal, por cada una acción de Realizaciones Turísticas, S. A.

b) Una acción de nueva emisión de Realizaciones Turísticas, S. A., de 42,07 euros de valor nominal, por cada 5,9681 acciones de la Serie A de Hoteles Turísticos, S. A., y una acción de nueva emisión de Realizaciones Turísticas de 42,07 euros de valor nominal, por cada 149,4523 acciones de la Serie B de Hoteles Turísticos, S. A.c) Una acción de nueva emisión de Realizaciones Turísticas, S. A., de 42,07 euros de valor nominal, por cada 14,8361 acciones de Moteles de las Grandes Rutas Españolas, S. A.d) Una acción de nueva emisión de Realizaciones Turísticas, S. A., de 42,07 euros de valor nominal, por cada 28,5189 acciones de la Serie A de Industrias Turísticas, S. A., y una acción de nueva emisión de Realizaciones Turísticas, S. A., de 42,07 euros de valor nominal por cada 56,9431 acciones de la Serie B de Industrias Turísticas, S. A.e) Una acción de nueva emisión de Realizaciones Turísticas, S. A., de 42,07 euros de valor nominal por cada 0,5796 participaciones de Urme Real, S. L.

Tratamiento de las fracciones: Los accionistas o socios que sean poseedores de acciones o participaciones que representen una fracción del número de acciones de las sociedades absorbidas fijado como tipo de canje podrán agruparse o transmitir sus acciones para proceder a canjearlas según el tipo de canje.

Sin perjuicio del tipo de canje se abonará a aquellos accionistas o socios de Hoteles Turísticos, S. A., Moteles de las Grandes Rutas Españolas, S. A., Industrias Turísticas, S. A., y Urme Real, S. L., que resulten titulares de «picos o restos» inferiores a una acción de Realizaciones Turísticas, S. A., la cantidad que resulte en función de la valoración de la acción de Realizaciones Turísticas, S. A., tomada como base para el cálculo del tipo de canje, es decir, la cantidad de 732,41 euros.Procedimiento de canje: El canje de las acciones o participaciones se efectuará previa solicitud de cita en el teléfono 91 315 32 46, extensiones 7072 y 7073, en horario de 10:00 a 13:00 horas en el domicilio sito en Madrid, calle Mauricio Legendre, número 16, entreplanta, dentro del plazo de tres meses a contar desde la publicación de este anuncio en el BORME y en dos periódicos -el que posteriormente se publique-. A tal efecto, los tenedores de las acciones y participaciones de las sociedades absorbidas deberán acreditar su condición de tales mediante entrega de los títulos, resguardos provisionales o cualquier otro documento que acredite de modo fehaciente dicha titularidad.Las acciones de Realizaciones Turísticas, S. A., que no hubieran sido entregadas por no acudir los accionistas o socios al canje dentro del plazo de tres meses señalado serán depositadas a disposición de sus titulares en el domicilio social de Realizaciones Turísticas, S. A.

Transcurridos tres años desde el día de la constitución del depósito de los títulos emitidos por Realizaciones Turísticas, S. A., a disposición de los accionistas y socios de las sociedades absorbidas, sin haber sido canjeados, se procederá a venderlos por cuenta y riesgo de los interesados con la intervención de Notario, de conformidad con lo previsto en el artículo 59.3 de la Ley de Sociedades Anónimas. El importe líquido de la venta será depositado a disposición de los interesados en el Banco de España o en la Caja General de Depósitos.

Madrid, 23 de octubre de 2008.-El Secretario del Consejo de Administración, Gregorio Fraile Fabra.-63.232.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 214 del Viernes 7 de Noviembre de 2008. .

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