CAJA DE AHORROS DE LA RIOJA

6.a emisión de Obligaciones Subordinadas La Caja de Ahorros de La Rioja con Domicilio Social en Logroño, calle Miguel Villanueva, n.o 9 y C.I.F. G-26003038 va a poner en circulación Obligaciones Subordinadas emitidas de acuerdo con la legislación vigente y en virtud de los acuerdos adoptados por la Asamblea General de fecha 1 de Diciembre de 2001 y por el Consejo de Adminis tración de fecha 29 de abril de 2003, con las siguientes características: Importe del empréstito: El importe global de la emisión será de doce millones de euros.

Denominación: La emisión se denominará "6.a emisión de Obligaciones Subordinadas Caja de Ahorros de La Rioja".

Títulos: Se pondrán en circulación 40.000 Obligaciones Subordinadas, representados por títulos de 300 euros nominales cada una.

Tipo de emisión: Las obligaciones se emitirán a la par, esto es, 300 euros por obligación, libre de gastos para el suscriptor.

Tipo de interés: Durante el primer período semestral, el tipo de interés aplicable será fijo del 3,0 por 100. A partir del segundo semestre, el tipo de interés nominal bruto de las obligaciones será variable semestral.

El tipo de interés nominal bruto semestral variable aplicable en cada uno de los períodos semestrales (se iniciarán el 20 de junio y finalizarán el 19 de diciembre, iniciándose el siguiente el 20 de diciembre del año y finalizando el 19 de junio del año siguiente) se determinará por el Euribor semestral, entendido como la referencia que publique la agencia de noticias Reuters en su página Euribor01 para el plazo de seis meses, a las 11 horas A.M. 15 días naturales antes de la fecha de pago de cupón.

Si por cualquier circunstancia, hoy imprevisible, no pudiera aplicarse el tipo de referencia indicado, con carácter sustitutivo se aplicará el tipo de referencia de pasivo de las Cajas de ahorros Confederadas, que se publica mensualmente por la Confederación Española de Cajas de Ahorros CECA en el Boletín Oficial de Estado, vigente quince días naturales antes de la fecha de pago de cupón. De no publicarse los índices anteriores, se aplicará el vigente en el período semestral anterior, hasta la nueva publicación de cualquiera de los índices reseñados o del que los sustituya.

La Entidad no establece ningún tipo máximo ni mínimo para los índices referenciados anteriormente aplicable a la emisión.

El tipo de referencia y el tipo de interés nominal que resulte para cada período semestral se hará público oportunamente por la Caja para conocimiento de los tenedores de los títulos, en los tablones de anuncios de las sucursales de la Entidad, con quince días de antelación al comienzo del período de devengo.

El tipo de interés se hará efectivo por semestres vencidos, los días 20 de junio y 20 de diciembre de cada año. El primer cupón se abonará el 20 de diciembre de 2003 y corresponderá a los intereses devengados hasta entonces, desde la fecha de desembolso 20 de junio de 2003.

La fecha de emisión será el 20 de junio de 2003.

La fecha de desembolso será, asimismo, el 20 de junio de 2003.

Suscripción: El inicio del período de suscripción será el día siguiente hábil del registro por la Comisión Nacional del Mercado de Valores del Folleto Informativo y una vez publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. La suscripción de las obligaciones se efectuará mediante el sistema de ventanilla abierta hasta la total colocación de la emisión, o en todo caso, hasta el 20 de Junio de 2003, quedando reducida la emisión y contraído su importe, de no haberse cubierto en su totalidad, al valor nominal de las obligaciones colocadas en la expresada fecha.

Amortización: Las obligaciones se amortizarán el 20 de Junio de 2013, libre de gastos para el tenedor, a la par, esto es, a 300 euros por título más el cupón correspondiente.

Garantías: La emisión está garantizada por la responsabilidad patrimonial universal de la Caja con arreglo a derecho, con los condicionantes establecidos en el artículo 7, apartado 1, de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, sobre coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros en la redacción dada por la Ley 13/92, y R.D. 1343/92 que lo desarrolla.

El pago de intereses no se diferirá en el supuesto de que la cuenta de resultados de la Entidad Emisora presente pérdidas, al haber sido derogada la letra b) del apartado 3 del artículo 22 del Real Decreto 1343/92, por el Real Decreto 538/94.

Retenciones a cuenta de impuestos: Los rendimientos de las obligaciones estarán sujetos a la retención a cuenta de impuestos vigente en cada momento.

Cotización: No se va a solicitar la admisión a cotización oficial de esta emisión en ningún mercado secundario organizado durante el plazo de vigencia de la emisión.

Comisario del Sindicato de Obligacionistas: Se nombra comisario del Sindicato de Obligacionistas de la presente emisión con carácter provisional, a D. Santiago Tre Calavia.

Folleto de emisión: El correspondiente folleto informativo completo ha sido inscrito en el Registro Oficial de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con fecha 10 de junio de 2003, y está a disposición de los suscriptores en el domicilio social de la entidad emisora.

Logroño, 10 de junio de 2003.-D. Víctor Fernández Aldana, Director General.-29.763.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 108 del Miércoles 11 de Junio de 2003. .

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