SANITAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS

Convocatoria de Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas Por acuerdo del Consejo de Administración, con la intervención de Letrado asesor, se convoca Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad, para su celebración, en primera convocatoria, el día 10 de abril de 2003, a las trece horas, en el domicilio social, sito en Madrid, calle Ribera del Loira, número 52, de acuerdo con el siguiente Orden del día Primero.-Examen y aprobación, si procede, de las cuentas anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria explicativa), del informe de gestión y de la propuesta de aplicación de resultados, correspondientes al ejercicio cerrado al día 31 de diciembre de 2002, así como examen del informe de auditoría relativo a dicho ejercicio y aprobación, en su caso, de la gestión social.

Segundo.-Examen y aprobación, si procede, de la fusión de la sociedad, mediante absorción de la entidad "Novomedic, Sociedad Anónima de Seguros" (sociedad unipersonal), en los términos previstos en el proyecto de fusión. El Balance de fusión, que se somete a la aprobación de la Junta general, es el cerrado a 31 de diciembre de 2002, y ha sido verificado por los Auditores de cuentas de la sociedad.

Tercero.-Reelección de Auditores de cuentas de la sociedad.

Cuarto.-Opción por la aplicación del régimen fiscal de declaración consolidada del Grupo de Sociedades, regulado en la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades para los ejercicios consolidados iniciados a partir de 1 de enero de 2004.

Quinto.-Apoderamiento para la elevación a públicos, de los acuerdos sociales adoptados, para la publicación de los anuncios que fueran necesarios, para la inscripción de dichos acuerdos, en su caso, en el Registro Mercantil, para el depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil, y para el otorgamiento de las escrituras de subsanación y ratificación que fueran precisas para la inscripción, en su caso, en el Registro Mercantil de los acuerdos adoptados.

Sexto.-Redacción, lectura y aprobación, si procede, del acta de la reunión o, en su caso, nombramiento de Interventores, para la aprobación de la misma.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 240.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se incluyen a continuación las menciones mínimas del proyecto de fusión legalmente exigidas: A) Identificación de las sociedades participantes en la fusión: "Sanitas, Sociedad Anónima de Seguros" (sociedad absorbente), sociedad anónima de nacionalidad española, constituida el 7 de diciembre de 1956, en virtud de escritura pública otorgada ante el Notario de Madrid, don Manuel de la Cámara Álvarez, con el número 4.242 de su protocolo, domiciliada en Madrid, calle Ribera del Loira, 52, con CIF número A-28037042, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 7.238, folio 1, hoja número M-117337, inscripción 100.a y en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras de la Dirección General de Seguros y Planes de Pensiones, con la clave número C-320.

"Novomedic, Sociedad Anónima de Seguros" (sociedad unipersonal) (sociedad absorbida), sociedad anónima de nacionalidad española, constituida el día 29 de febrero de 1988, mediante escritura pública otorgada en dicha fecha ante el Notario de Palma de Mallorca, don Miguel Tomás Sorell, con el número 378 de su protocolo, domiciliada en Palma de Mallorca, calle Barón de Pinopar, 11, bajos, con CIF número A-07277122, e inscrita en el Registro Mercantil de Baleares al folio 38, del tomo 715 de sociedades, libro 626, hoja número PM-10041, inscripción 6.a y en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras de la Dirección General de Seguros y Planes de Pensiones, con clave número C-0657.

B) Tipo y procedimiento de canje de acciones.

"Sanitas, Sociedad Anónima de Seguros", es titular de todas las acciones de "Novomedic, Sociedad Anónima de Seguros" (sociedad unipersonal). En consecuencia, no procede el aumento de la cifra de capital social de "Sanitas, Sociedad Anónima de Seguros", ni, por tanto, canje alguno de sus acciones.

Además, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no es necesaria la elaboración de informe alguno sobre el proyecto de fusión por parte de los Consejos de Administración de ambas sociedades, ni de expertos independientes.

C) Se establece como fecha a partir de la cual las operaciones realizadas por "Novomedic, Sociedad Anónima de Seguros" (sociedad unipersonal), se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de "Sanitas, Sociedad Anónima de Seguros", a partir del día 1 de enero de 2004 o de la fecha de presentación de la escritura pública de fusión en el Registro Mercantil de la sociedad absorbida, de producirse ésta antes del 1 de enero de 2004, sin que tales efectos se retrotraigan al día siguiente a la fecha de cierre de los respectivos Balances de fusión.

D) No existen en "Novomedic, Sociedad Anónima de Seguros" (sociedad unipersonal), titulares de acciones de clases especiales, ni de derechos especiales distintos de las acciones. En consecuencia, no se les otorgarán ni ofrecerán derechos u opciones en "Sanitas, Sociedad Anónima de Seguros".

E) No se atribuirá ningún tipo de ventajas a los miembros de los Consejos de Administración de "Sanitas, Sociedad Anónima de Seguros" y "Novomedic, Sociedad Anónima de Seguros" (sociedad unipersonal), ni a los Administradores o miembros del Consejo de Administración de "Sanitas, Sociedad Anónima de Seguros" que, en su caso, sean designados una vez concluido el proceso de fusión de ambas sociedades, ni a experto independiente al no ser necesaria la elaboración por éste de informe alguno sobre el proyecto de fusión.

En cumplimiento de lo previsto en la legislación vigente se hace constar el derecho de todo accionista a obtener de la sociedad, a partir de la convocatoria de esta Junta general de accionistas, de forma inmediata y gratuita, los documentos comprensivos de las cuentas anuales, que se someten a la aprobación de la Junta general, así como el informe de gestión y el informe de auditoría.

Asimismo, se hace constar, el derecho de todos los accionistas, obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las acciones a examinar, en el domicilio social, los documentos indicados en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas, así como el de obtener la entrega o envío gratuitos del texto íntegro de los mismos.

Madrid, 26 de febrero de 2003.-La Secretaria del Consejo de Administración, Mónica Parames García-Astigarraga.-8.000.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 45 del Jueves 6 de Marzo de 2003. .

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