COTINO ITALO JORGE - 10/09/2018

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JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 7

SECRETARÍA NRO. 14

El Juzgado Comercial nº 7, Secretaría nº 14, sito en Diagonal Norte 1211, piso 1º, de CABA., a cargo de FERNANDO G D A´ LESSANDRO JUEZ comunica por 5 días en EXP N°: 40567/1997 COTINO ITALO JORGE s/QUIEBRA que el martillero Roberto Plorutti cuit 20115017803 (Tel. 4816-4625) rematará el 10 de Octubre de 2018 a las 11.15 hs en Jean Jaures 545, el 25% del inmueble sito en la calle Eduardo Acevedo 262/4 U.F. n° 15 piso 6ª, matrícula 7-137/15 de CABA. Se trata de un edificio en P.H. de 50 años de antigüedad aprox.

de 6 pisos, 2 por piso, 1 ascensor.

La unidad es un departamento ubicado en último piso al contrafrente y consta living, cocina, 1 dormitorio, un pequeño baño sin bidet ni bañera, y terraza en buen estado, pisos cerámicos en baño y cocina y flotantes en el resto.

Revestimiento cerámico, servicios individuales.

Superficie cubierta 35,25 m2 aprox., 3 de galería y 14 m2 aprox.

comunes.

Barrio residencial asistido por todos los servicios.

Inmueble habitado por el Sr. Alejandro G. Pagano quién exhibió DNI 11.721.862, junto a su pareja Sra. Marta Graciela Alvarez D.N.I. 13.103.875, en carácter de usufructuario vitalicio (v. informe de fs. 1547 vta. y fs. 1519/3). BASE $ 300.000 al contado, seña: 30%, comisión: 3%, sellado 0,60% y el 0,25, por arancel de la CSJN, todo en efectivo en el acto de la subasta, debiendo el comprador constituir domicilio dentro de la jurisdicción.

Queda prohibida la compra en comisión, como también la ulterior cesión del boleto que se extienda.

El saldo de precio deberá depositarse dentro del quinto día de la notificación por ministerio de ley de la providencia que disponga la aprobación de la subasta, bajo el apercibimiento previsto por el art. 580 del Cód. Proc. El adquirente deberá abonar la totalidad de los impuestos propios de la venta de los inmuebles, como también los gastos de escrituración y el arancel aprobado por la Acordada Nº10/99 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, del 0.25%. Asimismo, se encontrará a cargo del comprador la totalidad de la deuda devengada desde el decreto de quiebra en concepto de impuestos, tasas o contribuciones de carácter nacional, provincial y municipal- y expensas; respecto de la originada con anterioridad a la declaración del estado de falencia se encuentra sujeta a la verificación de cada acreencia.

Deudas: AYSA $ 9.944,64 al 12/3/18, ABL 1476 s/deuda.

Expensas s/deuda a Julio de 2018 abonado el último mes $ 1681. Exhib. 8 y 9 de octubre de 2018 de 10 a 12 hs. DIEGO VÁZQUEZ SECRETARIO

e. 06/09/2018 N° 65348/18 v. 12/09/2018

Edicto publicado en la página 91 del Boletin Oficial de la República Argentina del Lunes 10 de Septiembre de 2018

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