JUZGADOS NACIONALES EN LO COMERCIAL Nº 1 - 19/09/2014

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Juzgado Nacional de 1 Instancia en lo Comercial Nº 1, SecretarÍa Nº 2, sito en Diag. R. S. Peña 1211 P: 5, C.A.B.A., comunica por dos días, en autos INTECO CONSTRUCCIONES S.R.L. S/QUIEBRA, Expte. Nº 80446, que el martillero AUGUSTO BENCE PIERES (Rodríguez Peña 375 8 “A” - Tel.: 4784-9666/154940-6410), (CUIT 20-04250310-0 Monotributo, Capital), rematará el día 3 de octubre de 2014, a las 11,30 horas, en punto, en el salón de ventas de la Dirección de Subastas Judiciales, sita en calle Jean Jaurés 545 de Capital, en el estado de conservación en que se encuentra el rodado marca OPEL, modelo ASTRA GL de color blanco, Dominio SSG-594, SEDAN 3 Puertas, motor Nº C14NZ-19977602, chasis Nº W0L000053P5192794 - BASE $ 10.000.AL CONTADO Y AL MEJOR POSTOR SEÑA 30%. COMISION 10%. Arancel Acordada 10/99 CSJN 0,25%. Efectivo.

Queda a cargo exclusivo de los compradores, los gastos de retiro del bien y los trámites necesarios para la inscripción del mismo a nombre del nuevo adquirente, como así también el costo que éstos irroguen.

En el supuesto de corresponder el pago del IVA el mismo estará comprendido dentro del precio de venta.

Las deudas que registren por patentes anteriores al decreto de quiebra, deberán ser verificadas por el organismo acreedor; las devengadas a partir del referido decreto y hasta la toma de posesión del adquirente serán a cargo de la quiebra, previo reconocimiento del crédito por el organismo pertinente, en los términos del art. 200 de la Ley 24.522 y comprobación de su existencia y cuantía por el síndico y sólo los devengados con posterioridad a la toma de posesión estarán a cargo de los compradores.- La resolución de aprobación de la subasta y toda otra vinculada con la venta decretada en autos, se tendrá por notificada “ministerio legis”. Los vencimientos de los plazos se producirán automáticamente por su solo transcurso, circunstancia que deberá constar en los edictos.

No se admitirá la compra en comisión.

Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de los autos principales; incidente de venta y la de estos autos; de la presente resolución y de las dictadas y que se dicten en relación con la subasta decretada.

Para el caso de que el adquirente eventualmente plantease la nulidad de la subasta, deberá integrar el saldo de precio a las resultas del planteo, el cual será rechazado “in limine”, ante la sola comprobación de la falta de tal recaudo.

El adquirente deberá constituir domicilio en el radio de la Capital Federal Exhibición el día 29 de septiembre de 10 a 12 hs. en calle Artilleros 2051 C.A.B.A. y fechas a convenir con el martillero.

Buenos Aires, septiembre 15 de 2014. Alberto Alemán, juez. Juan Pablo Sala, secretario.

e. 19/09/2014 Nº 69640/14 v. 22/09/2014

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Viernes 19 de Septiembre de 2014

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