JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 7 - 11/09/2014

El Juzgado Nacional de 1 Instancia en lo Comercial Nº 7, a cargo del Dr. Fernando G. D’Alessandro, Secretaria Nº 14, a cargo del Dr. Diego H. Vazquez, sito en Av. R. Saenz Peña 1211 P. 2, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por dos días en los autos caratulados “TRADINGSUR SA s/QUIEBRA”, Expte. 13888/2003, que el Banco de la Ciudad de Bs As., rematará el día 24.09.2014 a las 10.30 hs. en la calle Esmeralda 660, Cap. Fed., un lote integrado por 1300 pares de anteojos de marcas y modelos desiguales, entre ellas Polo, Piave, Benethon, Valentino, Gucci, todos sin uso; un lote de estantería metálica modular desarmada; un lote de estuches para anteojos modelos y marcas desiguales; una caja conteniendo repuestos de armazones de anteojos de marcas y modelos varios.

CONDICIONES DE VENTA: con base, $ 41000 más I.V.A, al contado y al mejor postor; comisión 10%, más IVA, 0,25 % Acordada 10/9, 1.2% según Ley 25.413, en caso de corresponder, todo a cargo del comprador.

El pago del I.V.A no se encuentra incluido en el precio de venta y deberá ser solventado por el comprador, debiendo el martillero retenerlo en el acto de subasta y depositarlo en el expediente.

Queda prohibida la compra en comisión como así la ulterior cesión del boleto que se extienda.

Exhibición en Lavalle 1282 Piso 3, el 19.9.2014 de 12 a 15 hs., entrega en el mismo lugar la que será efectuada por la martillera designada oficial de justicia ad hoc, facultada a hacerlo mediante acta, con la presencia de la sindicatura.

El adquirente deberá tomar posesión de los bienes dentro de las 48 hs. de aprobada la subasta bajo apercibimiento de aplicar astreintes.

Informes al Tel 43298600 int. 3676 o personalmente en Esmeralda 660, piso 6, Cap. Fed. De 10.00 hs. a 15.00 hs, de lunes a viernes.

El comprador fijará domicilio dentro del radio del Tribunal bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se tengan notificadas bajo el régimen del art. 133 del CPCC (art. 579CPCC). Se deja expresa constancia que se encuentra a cargo del adquirente la obligación de cumplir con las normas de prevención de lavado de dinero y activos financieros, debiendo acreditar el origen de los fondos y siendo de aplicación, en su caso las normas y resoluciones que regulan la materia.

Buenos Aires, 4 de septiembre de 2014. Diego Vazquez, secretario.

e. 10/09/2014 Nº 66601/14 v. 11/09/2014

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Jueves 11 de Septiembre de 2014

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