JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO Nº 7 - 28/09/2012

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nro. 7, Secretaría Nro. 14, notifica a José Beltrán Vega">José Beltrán Vega (D.N.I. Nº 24.807.607), que con fecha 13/9/2012 se resolvió: I.- DECLARAR EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN la acción penal instada contra José Beltrán Vega">José Beltrán Vega (D.N.I. Nº 24.807.607), con relación al hecho vinculado con el libramiento del cheque Nº 00081924 del Banco Supervielle Societe Generale, perteneciente a la cuenta corriente Nº 001-012392/6, abierta a nombre de “José Beltrán Vega">José Beltrán Vega”, el cual al ser presentado al cobro fue rechazado por la causal de repulsa: “SIN FONDOS SUFICIENTES DISPONIBLES EN CUENTA”, y en consecuencia, SOBRESEER TOTALMENTE al nombrado en orden al hecho mencionado (artículos 59 inciso 3º, 62 inciso 2º y 63 del Código Penal, 302 inciso 1º del Código Penal y 334 y 336, inciso 1º del Código Procesal Penal de la Nación). II.LEVANTAR la orden de captura que pesa sobre José Beltrán Vega">José Beltrán Vega (D.N.I. Nº 24.807.607). A tal fin líbrese oficio a la División Orden del Día de la Policía Federal Argentina.

… SIN COSTAS (artículos 530 y 531 “in fine” del C.P.P.N.), en la causa Nº 4249/1998 (4270), caratulada “BELTRAN VEGA, JOSÉ SOBRE INFRACCIÓN ARTÍCULO 302” Publíquese por cinco días.

Como recaudo legal, se transcribe el auto que así lo ordena: “Buenos Aires, 13 de septiembre de 2012. AUTOS Y VISTOS: …Y CONSIDERANDO: … RESUELVO: I.- DECLARAR EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN la acción penal instada contra José Beltrán Vega">José Beltrán Vega (D.N.I. Nº 24.807.607), con relación al hecho vinculado con el libramiento del cheque Nº 00081924 del Banco Supervielle Societe Generale, perteneciente a la cuenta corriente Nº 001-012392/6, abierta a nombre de “José Beltrán Vega">José Beltrán Vega”, el cual al ser presentado al cobro fue rechazado por la causal de repulsa: “SIN FONDOS SUFICIENTES DISPONIBLES EN CUENTA”, y en consecuencia, SOBRESEER TOTALMENTE al nombrado en orden al hecho mencionado (artículos 59 inciso 3º, 62 inciso 2º y 63 del Código Penal, 302 inciso 1º del Código Penal y 334 y 336, inciso 1º del Código Procesal Penal de la Nación). II.- LEVANTAR la orden de captura que pesa sobre José Beltrán Vega">José Beltrán Vega (D.N.I. Nº 24.807.607). A tal fin líbrese oficio a la División Orden del Día de la Policía Federal Argentina.

… IV.- SIN COSTAS (artículos 530 y 531 “in fine” del C.P.P.N.). Regístrese, protocolícese, publíquese por edictos a efectos de notificar a José Beltrán Vega">José Beltrán Vega lo aquí dispuesto, por el término de cinco días … FDO. JUAN P. GALVÁN GREENWAY. JUEZ NACIONAL. ANTE MI: MARIA INES CARBAJALES. SECRETARIA”. Buenos Aires, 13 de septiembre de 2012. María Inés Carbajales, secretaria.

e. 21/09/2012 Nº 96438/12 v. 28/09/2012

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Viernes 28 de Septiembre de 2012

Expedientes judiciales relacionados

BELTRAN VEGA, JOSÉ SOBRE INFRACCIÓN ARTÍCULO 302

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