PIFOR S.A. - 01/10/2009

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Por Asamblea Extraordinaria Unánime del 20/05/2009, se resolvió fijar la duración del mandato de los Directores en 3 años, modificando lo decidido sobre ese punto por la Asamblea Extraordinaria Unánime del 15 de julio de 2008, que la había fijado en 5 años, reformando el artículo 8 del estatuto social, que queda redactado del siguiente modo: “Artículo 8): La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio del número de miembros que fije la Asamblea con un mínimo de tres y un máximo de siete con mandato por tres años. La Asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden de su elección.

Los directores en su primera sesión deben designar un Presidente y un Vicepresidente, este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento.

El directorio funciona con la presencia de la mayoría de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes.

La Asamblea fija la remuneración del Directorio.” Autorizado por instrumento privado del 20/05/2009. Abogado - Ricardo José L. Rugna Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

Fecha: 16/9/2009. Tomo: 14. Folio: 91. e. 01/10/2009 Nº 83033/09 v. 01/10/2009

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Jueves 1 de Octubre de 2009

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