JUZGADOS NACIONALES EN LO COMERCIAL Nº 1 - 05/06/2009

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 1, Secretaría Nº 1, sito en R S Peña 1211, piso 5, Cap. Fed., comunica por 5 días en autos “Ceriani Adriana Eva s/Concurso Especial Hipotecario (Promovido por Lizaso Guillermo Alejandro)” Expte nro 86926 (reservado) que el martillero Leandro Gutiérrez (CUIT 20-17.364.568-7 / tel (011) 4374-4197) rematará el día 11 de junio de 2009 a las 12.15 hs en punto en Perón 1233 Cap. Fed. el inmueble sito en Av Costanera y Av 1, Nº 1065, Edificio PH II, UF 30, Piso 8º “C” , Ciudad y Partido De Villa Gesell, Pcia de Buenos Aires NC: Circ VI, Sección A, manz 57, parc 7-a. Matrícula 8213/30. Sup: 59,02m2. Se trata de un depto de 2 ambientes, consta de living comedor al frente con imponente vista al mar, pisos cerámicos, un dormitorio con placard, baño y cocina, todo en buenas condiciones.

Además cada unidad posee cochera, baulera y sector de parrilla de uso común de los copropietarios.

Al momento de realizar la constatación se encontraba desocupado, no obstante según manifestaciones del encargado en ocasiones es usado por el fallido o alquilado.

Base $100.000.- Al contado y mejor postor.- Seña 30%.- Comisión 3%; Arancel 0,25%.- Sellado de Ley.- El comprador deberá constituir domicilio en Capital Federal.

El saldo de precio deberá ser depositado dentro del 5to. día de aprobada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del C.P.C. IVA en caso de corresponder a cargo del comprador.

No procede la compra en comisión ni la cesión o transferencia del boleto.

Se aceptarán ofertas bajo sobre en los términos del art. 104. 6 del Reglamento del Fuero hasta las 13.30 hs del 3er día anterior a la fecha del remate, señalándose audiencia pública para el día siguiente a ese vencimiento a las 12.00 hs., a los efectos de la apertura de los sobres.

Respecto de las expensas comunes aquellas devengadas con anterioridad al decreto de quiebra y hasta la fecha del mismo, deberán ser Verificados en autos; las devengadas a partir del decreto de quiebra y hasta la toma de la posesión por el comprador, serán a cargo de la masa y los posteriores a la toma de posesión, son a cargo del adquirente.

No obstante, aquellas que se devengaran entre el decreto de quiebra y la toma de posesión que no pudieran ser cubiertas con los fondos existentes en autos, deberán ser soportadas, también, por el adquirente.

CUIT de la fallida: 23-11530453-4. Exhibición: 9 y 10 de junio de 2009 de 15 a 17 hs.Buenos Aires, a los 27 días de mayo de 2009. Vivian C. Fernández Garello, secretaria.

e. 02/06/2009 Nº 45412/09 v. 08/06/2009

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Viernes 5 de Junio de 2009

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