PUBLICALLE S.R.L. - 30/08/2005

Inscrip.

el 18/4/96, Nº 2855, Lº 104, Tº SRL. Se comunica que por instrumento privado de fecha 3/5/05 la Sra.Rosa Beatriz Fuertes ha cedido al Sr. Sebastián Manuel García, argentino, casado, nacido el 3/3/75, comerciante, con domicilio especial en S. M. del Buen Ayre 455, Capital Federal, D.N.I. 24.431.067, 600 cuotas sociales por unVN.total de $ 6.000, en la suma total de $ 600 y se ha dispuesto la modificación de las cláusulas Cuarta, Quinta y Séptima de los estatutos conforme a los siguientes textos: “Cuarta: El Capital Social se fija en la suma de $ 12.000 (pesos doce mil), dividido en 1200 cuotas de $ 10 valor nominal y un voto cada una, totalmente suscriptas por cada uno de los socios, e integradas según el siguiente detalle: el Sr. Carlos Alfredo García, 600 cuotas por un total de $ 6.000 de Valor Nominal en total; el Sr. Sebastián Manuel García, suscribe 600 cuotas por un total de $ 6.000 deValor Nominal en total”“Quinta:La administración de la sociedad y uso de la firma social estará a cargo de los socios Carlos Alfredo García y Sebastián Manuel García en forma indistinta, quienes revestirán el cargo de gerentes.En tal carácter, tienen todas las facultades para realizar actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los previstos en los arts. 1881 del Código Civil y 9 del dec. Ley 6965/63. Los gerentes deberán constituir garantía mediante los mecanismos previstos por las Res. IGJ Nos. 20/2004 o las que a éstas modifiquen”.“Séptima:Toda transferencia de cuotas sólo podrá ser efectuada con la conformidad de los socios que representen la mayoría del capital social.

Asimismo, los socios gozarán de derecho de preferencia para la adquisición de las cuotas a transmitir, a cuyos efectos el socio que desee realizar la venta a un tercero deberá notificar su decisión y el precio ofrecido por el tercero a la gerencia por medio fehaciente, la que a su vez la transmitirá a los demás socios dentro del plazo de 5 días hábiles de recibida la comunicación del socio interesado en la transmisión total o parcial de sus cuotas.

Los demás socios por decisión tomada por mayoría absoluta o por el socio restante en caso de que en dicha oportunidad la sociedad estuviera constituida sólo por dos socios, podrán decidir que la sociedad adquiera las cuotas en venta con utilidades o reservas disponibles o mediante reducción de capital.

Esta decisión deberá ser tomada y notificada al socio transmitente dentro del plazo de 30 días desde que éste comunicó a la gerencia su intención de transmitir sus cuotas.

El precio de la venta de las cuotas a los socios o a la sociedad en caso de ejercer el derecho de preferencia aquí establecido, será el valor de libros de las mismas, independientemente del valor ofrecido por el tercero, declarando expresamente los socios en este acto aceptar dicho valor como precio de las cuotas a transferir a los socios o la sociedad en caso de ejercerse el derecho de preferencia establecido en el presente.

En caso de que la transferencia operare por fallecimiento de un socio, regirán igualmente las disposiciones precedentes, debiendo la sociedad comunicar la decisión de ejercer el derecho de preferencia a los herederos del socio fallecido dentro del plazo de 30 días de recibida por la sociedad copia auténtica o documento equivalente de la declaratoria de herederos dictada en el trámite sucesorio del socio fallecido.

En caso de que al momento de ejercerse la opción aquí prevista la sociedad contare con sólo dos socios, y que producto del ejercicio del derecho de preferencia aquí previsto se redujere a uno el número de socios, será de aplicación lo previsto en el art. 94, inc.8º de la Ley 19.550.”.Producto de la cesión cesa la Sra. Fuertes como gerente y se integra a la Gerencia al Sr.Sebastián García, cuyos datos se informan más arriba en el presente.

Pablo Correch, Autorizado conforme documento privado de fecha 3/5/05. Pablo Correch Legalización emitida por: Colegio Público de AbogadosdelaCapitalFederal.Fecha:25/08/2005.Tomo: 37. Folio: 467. Nº 45.232

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Martes 30 de Agosto de 2005

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