MOLINARI, GARZIGLIAY CIA. SOCIEDAD DE BOLSA S.A. - 04/08/2005

Que por Asamblea del 21/07/05 se aprobó la gestión del Directorio y la Sindicatura, así como la Memoria, Inventario, Balance y Estado de Resultados, se aprobó la distribución de utilidades, pago de dividendos y los honorarios de los Directores.

Se designó a los Dres. Luis L. Martinelli y Marcial R. García como Síndicos, Titular y Suplente, respectivamente, por un año. Se resolvió capitalizar la cuenta “Ajuste del Capital” y utilidades, por tanto el capital social asciende a $ 2.180.000; mediante la capitalización de la cuenta “Ajuste del Capital” por $ 1.256.382,11 y la suma de $ 3.617,89 por distribución de utilidades.Se modificó elV/N de las acciones de V$N 100; cada una a V$N 1, cada una, procediendo a la emisión y canje de acciones.

El capital social estará representado por 2.180.000 acciones nominativas no endosables deV$N 1 cada una, de 1 voto por acción.

Se resolvió el cambio de denominación social por el de: “MOLINARI SOCIEDAD DE BOLSA S.A”. Se resolvió ajustar la garantía del art. 256, 2do. párr., ley 19.550 en la suma de $ 10.000; por cada director, de conformidad con la Res.Nº 20 IGJ. Se reformaron arts. primero, cuarto y noveno de los Estatutos Sociales que quedaron redactados: Primero: La sociedad se denomina “MOLINARI SOCIEDAD DE BOLSA S.A.” y tiene su domicilio legal en la Jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires. Cuarto: El capital social es de $ 2.180.000 (pesos dos millones ciento ochenta mil). Representado por 2.180.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho, a un voto por acción.

Noveno: La garantía de los directores a que se refiere el art. 256, 2do, párrafo, Ley Nº 19.550, se regirá por las siguientes condiciones:

1) Deberá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera y depositadas en Entidades Financieras o Cajas de Valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada director, no procediendo en ningún caso constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la Caja de la Sociedad.

2) Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad.

3) El monto de la garantía será igual para todos los directores, no pudiendo ser inferior a la suma de $ 10.000 (pesos diez mil). Autorizado por Asamblea de fecha 21/07/ 2005.Letrado.Dr.Javier Marcelo Sánchez.

Abogado - Javier M.Sánchez Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.Fecha:1/8/05.Tomo:72. Folio: 688. Nº 43.949

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Jueves 4 de Agosto de 2005

Personas en esta publicación

Más opciones

Ir al edicto anterior (MUTTI HOLDINGS S.A.)

Ir al edicto siguiente (KIGI INVESTMENT S.A.)

Ver sumario del Boletín Oficial del Jueves 4 de Agosto de 2005

Buscar en todo Dateas!