ACCOR ARGENTINA S.A. - 04/08/2005

Expediente IGJ.10003130. Se hace saber por un día que, por Asamblea del 29/3/2005, protocolizada por escritura pública del 26/7/2005, Registro 1521, por unanimidad:

a) se aprobó el Aumento de capital con la consecuente reforma del Artículo Cuarto del Estatuto Social, en la siguiente forma: “El capital social es de $ 5.155.500 representado por 51.555 acciones de valor nominal $ 100 cada una y con derecho a un voto por acción.”y

b) Se reformó el Artículo Octavo.” Artículo Octavo- La dirección y administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto por tres a seis miembros titulares y hasta seis suplentes, todos con mandato por un ejercicio.

El vicepresidente reemplaza al presidente del directorio en caso de ausencia o impedimento.

El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de votos presentes, teniendo el presidente, o en su caso, el vicepresidente doble voto en caso de empate en una decisión.

El directorio se reunirá una vez cada tres meses, sin perjuicio de las reuniones que pudieran celebrarse por pedido de cualquier director.Cada Director deberá otorgar una garantía conforme a la reglamentación vigente y podrá consistir en bonos, o títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada Director.El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la Ley requiere poderes especiales, conforme al artículo 1881 del CódigoCivilyelartículo9ºdelDecreto-Ley5965/63. Puede, en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos operar con los bancos: Banco de la Nación Argentina, Nacional de Desarrollo, de la Provincia de Buenos Aires, Hipotecario Nacional y demás instituciones de crédito oficiales o privadas, establecer agencias, sucursales y otra especie de representación, otorgar a una o más personas poderes judiciales, inclusive para querellar criminalmente, o extrajudicialmente, con el objeto y extensión que juzgue conveniente.

La representación legal de la sociedad corresponde al presidente o al vicepresidente o director titular que a tal efecto se designe, en su ausencia.

Para absolver posiciones o prestar declaración testimonial en sede judicial o administrativa, corresponderá también la representación al director titular a suplente o apoderado no director que a tal efecto designe el directorio”. Marc Marie Brechignac, Vicepresidente en ejercicio de la presidencia, autorizado en Asamblea del 29/3/05. Vicepresidente – Marc Marie Brechignac Certificación emitida por: Emilio Merovich.

Nº Registro: 1521. Nº Matrícula: 4372. Fecha: 26/07/05. Nº Acta: 59. Libro Nº: 33. Nº 43.927

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Jueves 4 de Agosto de 2005

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