Resolución de 1 de abril de 2024, del Banco de España, por la que se publican los índices y tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios, así como para el cálculo del diferencial que se ha de aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.

Marzo de 2024

Tipos de referencia1

A) Tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipos de interés de los préstamos hipotecarios.

Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS):

Plazos Porcentaje
Dos años. 3,178
Tres años. 2,933
Cuatro años. 2,800
Cinco años. 2,722
Siete años. 2,656
Diez años. 2,646
Quince años. 2,668
Veinte años. 2,597
Treinta años. 2,382

B) Tipo necesario para el cálculo del diferencial a aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.

  Porcentaje
Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS) al plazo de un año. 3,573

Madrid, 1 de abril de 2024.–El Director General de Operaciones, Mercados y Sistemas de Pago, Juan Ayuso Huertas.

1 La definición y la forma de cálculo de estos índices se recogen en la Circular del Banco de España 5/2012, de 27 de junio.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 87 del Martes 9 de Abril de 2024. Otras disposiciones, Banco De España.

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