Orden JUS/849/2021, de 31 de julio, por la que se dispone la fecha de entrada en funcionamiento de cinco unidades judiciales COVID-19, correspondientes a la programación del año 2020.

El Real Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre, de creación de treinta y tres unidades judiciales COVID-19, correspondientes a la programación de 2020, dispuso la creación y constitución de treinta nuevos juzgados y la dotación de tres plazas de magistrado/a en órganos colegiados, una plaza de magistrado/a en la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional y una plaza de magistrado/a correspondiente al orden civil y penal para la Sección 7.ª de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras, dentro de la línea de actuación iniciada en 2018 en el Plan Integral de Campo de Gibraltar en la lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado y una plaza de magistrado/a correspondiente al orden civil para la Sección 3.ª de la Audiencia Provincial de Valladolid.

En el apartado segundo de la disposición final tercera del Real Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre, se establece que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, la fecha de entrada en funcionamiento de los juzgados que se crean y constituyen en este real decreto, a excepción de los trece mencionados en el apartado 1 de esta disposición final tercera, será fijada por el Ministro de Justicia, oído el Consejo General del Poder Judicial, y publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

En consecuencia, y siguiendo la línea de actuación de implementación de las treinta y tres unidades judiciales COVID-19, materializada en el apartado primero de la disposición final tercera del Real Decreto 1050/2020, y en la Orden JUS/227/2021, de 10 de marzo, al establecer la efectividad de dieciséis y de nueve unidades judiciales, respectivamente, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, se establece la fecha de entrada en funcionamiento, a petición de la Comunidad Autónoma de Aragón para el Juzgado de lo Social número 8 de Zaragoza, así como para los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción número 9 de Toledo, de lo Social número 4 de Toledo y número 4 de León y de lo Mercantil número 2 de Valladolid, al poder garantizar y facilitar la efectiva entrada en funcionamiento de estos cinco juzgados con la dotación de todos los medios.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, y en el apartado segundo de la disposición final tercera del Real Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre, y oído el Consejo General del Poder Judicial, dispongo:

Artículo 1.  Objeto.

Esta orden tiene por objeto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, fijar la fecha de entrada en funcionamiento de cinco juzgados COVID-19, correspondientes a la programación de 2020, previstas en el artículo 5 del Real Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre, de creación de treinta y tres unidades judiciales COVID-19, correspondientes a la programación de 2020.

Artículo 2.  Fecha de entrada en funcionamiento de juzgados.

1. El día 1 de octubre de 2021 entrarán en funcionamiento los juzgados que a continuación se relacionan:

a) Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 9 de Toledo.

b) 2 Juzgados de lo Social:

Número de 8 de Zaragoza.

Número 4 de Toledo.

2. El día 31 de diciembre de 2021 entrarán en funcionamiento los juzgados que a continuación se relacionan:

a) Juzgado de lo Social número 4 de León.

b) Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valladolid.

Madrid, 31 de julio de 2021.–La Ministra de Justicia, María Pilar Llop Cuenca.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 186 del Jueves 5 de Agosto de 2021. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.

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