Resolución de 2 de agosto de 2021, del Banco de España, por la que se publican los índices y tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios, así como para el cálculo del diferencial a aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.

Mes de julio de 2021

A) Tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipos de interés de los préstamos hipotecarios.

Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS)1

Plazos Porcentaje
Dos años. –0.472
Tres años. –0.425
Cuatro años. –0.373
Cinco años. –0.317
Siete años. –0.191
Diez años. 0.001
Quince años. 0.251
Veinte años. 0.359
Treinta años. 0.350

B) Tipo necesario para el cálculo del diferencial a aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.

  Porcentaje
Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS) a plazo de un año1. –0.537

Madrid, 2 de agosto de 2021.–El Director General de Operaciones, Mercados y Sistemas de Pago, Juan Ayuso Huertas.

1 La definición y forma de cálculo de estos índices se recoge en la Circular del Banco de España 5/2012, de 27 de junio (BOE de 6 de julio).

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 185 del Miércoles 4 de Agosto de 2021. Otras disposiciones, Banco De España.

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