CASTELLÓN DE LA PLANA

Doña Eva Maria Mateu Peidro, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Castellón de La Plana, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente,

Hago Saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado [CNA] -001554/2019, habiéndose dictado en fecha treinta y uno de julio de dos mil veinte por el/la Ilustrísimo/a señor/a Magistrado-Juez auto de declaración de concurso Consecutivo Voluntario Y Abreviado de doña Maria del Carmen González Avellaneda, con DNI 20480386J.

Que se ha acordado la suspensión de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la Administración concursal designada.

Se ha nombrado Administrador concursal a don Tomás Brea Rambla con DNI nº 20244750N, domicilio en calle Maria Rosa Molas, n° 40, 1º B, puerta 4 de Castellón, y correo electrónico t.brea@icacs.com

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de Un Mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado, puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.

Castellón de la Plana, 21 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Eva Maria Mateu Peidro.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 272 del Miércoles 14 de Octubre de 2020. Administración de Justicia, Juzgados De Primera Instancia E Instrucción.

Otras ediciones del BOE

<<<Junio 2024>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30

Ultima edición del BOE

Ultima edición del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...