Resolución de 23 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Salud, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida, en materia de gestión de subvenciones.

Suscrita encomienda de gestión en materia de gestión de subvenciones entre la Subdirección General de Promoción, Prevención y Calidad y la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida el 23 de septiembre de 2020, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11.3 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 23 de septiembre de 2020.–La Directora General de Salud Pública, Pilar Aparicio Azcárraga.

ANEXO

Encomienda de gestión a la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida

Primero.

La Subdirectora General de Promoción, Prevención y Calidad y la Secretaria del Plan Nacional sobre el Sida acuerdan, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que la citada Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de la convocatoria de subvenciones a entidades de cualquier titularidad sin ánimo de lucro, destinadas a la financiación de programas de prevención y control de la infección por VIH y Sida correspondiente al ejercicio 2020.

Segundo.

La gestión material que se encomienda se concretará en las siguientes actividades con el alcance que en cada caso se señala:

a) Recepción de documentación de las entidades sin ánimo de lucro a través de sede y registro electrónicos.

b) Revisión y preparación de la documentación necesaria y contemplada en la Orden SND de 25 de mayo de 2020, por la que se convocan subvenciones a entidades de cualquier titularidad, sin ánimo de lucro, destinadas a la financiación de programas de prevención y control de la infección por VIH y Sida para el año 2020.

c) Finalización del proceso de bastanteo administrativo.

d) Apoyo administrativo para la elaboración de la propuesta provisional de resolución de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2020.

e) Tramitación, en su caso, de las prórrogas y/o modificaciones de las subvenciones correspondientes al ejercicio 2020.

f) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso cuya gestión se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercero.

La presente encomienda no genera gastos ni a la entidad encomendada ni a la encomendante por desarrollarse con personal propio de la entidad encomendada.

Cuarto.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de un de máximo de seis meses, a contar desde la fecha de publicación de este Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinto.

La Entidad u órgano encomendado tendrá la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Sexto.

La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la Subdirección General de Promoción, Prevención y Calidad.

Séptimo.

Es responsabilidad de la Subdirección General de Promoción, Prevención y Calidad dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Madrid, 23 de septiembre de 2020.–La Subdirectora General de Promoción, Prevención y Calidad, Pilar Campos.–La Secretaria del Plan Nacional sobre el Sida, Julia del Amo.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 262 del Sábado 3 de Octubre de 2020. Otras disposiciones, Ministerio De Sanidad.

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