Corrección de errores de la Resolución de 5 de junio de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora titular del Registro de la Propiedad de Algemesí (Valencia), por la que suspende la inscripción de una escritura en la que, previa rectificación de superficie y lindes de un solar, se declara la rehabilitación del edificio existente sobre la misma y se procede a su constitución en régimen d

Advertidos errores en la Resolución de 5 de junio de 2020 (5.ª), de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, del recurso interpuesto por don Luis Alberto Lorente Villar, Notario de Algemesí (Valencia), contra la nota de calificación extendida por la registradora titular del Registro de la Propiedad de Algemesí (Valencia), doña María Lorena Santamaría Ara, por la que suspende la inscripción de una escritura en la que, previa rectificación de superficie y lindes de un solar, se declara la rehabilitación del edificio existente sobre la misma y se procede a su constitución en régimen de propiedad horizontal, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de 30 de julio de 2020, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 60279, enunciado, donde dice: «Resolución de 5 de abril de 2020», debe decir «Resolución de 5 de junio de 2020», y en la página 60286, rúbrica, donde dice «Madrid, 5 de abril de 2020.–», debe decir «Madrid, 5 de junio de 2020.–».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 261 del Viernes 2 de Octubre de 2020. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.

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