Extracto de la Resolución de 2 de junio de 2020, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan subvenciones públicas para la ordenación de los flujos migratorios laborales de trabajadores/as migrantes para campañas agrícolas de temporada.

BDNS (Identif.): 508679.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index):

Primero. Beneficiarios:

Las organizaciones y agrupaciones empresariales y cooperativas agrarias sin ánimo de lucro, las organizaciones sindicales y las Entidades Locales, así como las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que realicen la actuación objeto de esta subvención.

Segundo. Finalidad:

La finalidad es la ejecución de las siguientes actuaciones:

a) Organización y coordinación de las contrataciones y los desplazamientos de las personas trabajadoras de temporada agrícola.

b) Visita a los alojamientos de temporeros/as agrícolas y elaboración de informes sobre las condiciones de los mismos.

c) Asesoramiento e información sociolaboral a las personas trabajadoras migrantes de campañas agrícolas de temporada en relación con sus derechos y deberes derivados de su naturaleza laboral y condicionantes sociales.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden ESS/1708/2012, de 20 de julio, publicada en el BOE de 1 de agosto de 2012, modificada por la Orden ESS/378/2018, de 22 de marzo.

Cuarto. Importe.

Dotación total de la convocatoria: 755.600 €.

La cuantía máxima para cada actuación será la siguiente.

a) Organización y coordinación de las contrataciones y los desplazamientos de las personas trabajadoras de temporada: cuantía unitaria de 50 € de coste por temporero/a; cuantía máxima por solicitud, 90.000 €.

b) Visita a los alojamientos y elaboración de informes sobre las condiciones de los mismos: cuantía unitaria de 300 € de coste por alojamiento; cuantía máxima por solicitud, 90.000 € si se realiza en más de una Comunidad Autónoma, y 20.000 € si comprende una sola Comunidad Autónoma.

c) Asesoramiento e información sociolaboral: cuantía unitaria de 20 euros de coste por temporero/a: cuantía máxima por solicitud, 90.000 €, si se realiza en más de una Comunidad Autónoma, y 20.000 €, si comprende una sola Comunidad Autónoma.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.

Madrid, 2 de junio de 2020.- Director General de Migraciones, Santiago Antonio Yerga Cobos.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 161 del Lunes 8 de Junio de 2020. Anuncios, Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones.

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