Extracto de la Resolución de 10 de octubre de 2019 de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación, del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades por la que se convocan subvenciones a asociaciones juveniles y a federaciones y confederaciones de estudiantes cuyo ámbito de actuación sea la universidad

BDNS(Identif.):476926

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)

Primero.- Beneficiarios:

Asociaciones juveniles y Federaciones y Confederaciones de estudiantes de ámbito nacional cuya implantación y campo de actuación sea el Sistema Universitario y por tanto, el ámbito territorial de más de una Comunidad Autónoma, que tengan como finalidad participar en la vida universitaria, respetando las normas democráticas explicitadas en la Constitución y en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Segundo.- Objeto:

Financiar los gastos derivados de la organización de actividades dirigidas a fomentar la participación estudiantil en las universidades, el desarrollo del asociacionismo relacionado directamente con la educación universitaria, el intercambio entre organizaciones estudiantiles de carácter universitario dentro del Espacio Europeo de Educación Superior, así como, de actividades de carácter científico, solidario y formativo en el ámbito universitario o de promoción y desarrollo de los proyectos Campus de Excelencia Internacional, llevadas a cabo por Asociaciones juveniles y Federaciones y Confederaciones de estudiantes en el ámbito universitario.

Tercero.- Bases reguladoras:

Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (Boletín Oficial del Estado número 113, de 12 de mayo de 2005), de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

Cuarto.- Cuantía:

Importe total a subvencionar: 20.000,00€.

Cuantía máxima de la subvención por solicitud: hasta un máximo de 2.000,00€.

Número máximo de actividades subvencionables por solicitud: 2

Cuantía máxima de la subvención por actividad: hasta un máximo de 1.000 €.

Quinto.- Plazo y presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el B.O.E.

Las solicitudes se cumplimentarán en los formularios que el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades hará accesibles en su sede electrónica https://sede.educacion.gob.es/sede/login/Inicio.jjsp.

Madrid, 10 de octubre de 2019.- Secretaria de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación, P.D. (Orden. CNU/450/2019, de 12 abril, modificada por la Orden CNU/588/2019, de 29 mayo), Secretario General de Universidades, José Manual Pingarrón Carrazón.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 249 del Miércoles 16 de Octubre de 2019. Anuncios, Ministerio De Ciencia, Innovación Y Universidades.

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