Recurso de inconstitucionalidad n.º 576-2014, contra los artículos 2 y 3 de la Ley Foral 15/2013, de 17 de abril, por los que se modifican los artículos 33.2 y 46.2, respectivamente, de la Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del comercio en Navarra.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 576-2014, promovido por el Presidente del Gobierno contra los artículos 2 y 3 de la Ley Foral 15/2013, de 17 de abril, por los que se modifican los artículos 33.2 y 46.2, respectivamente, de la Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del comercio en Navarra. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –29 de enero de 2014–, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.

Madrid, 11 de febrero de 2014.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 40 del Sábado 15 de Febrero de 2014. Disposiciones generales, Tribunal Constitucional.

Notas

  • Suspende, desde el 15 de febrero de 2014, la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y, desde el 29 de enero de 2014, para lals partes legitimadas.

Materias

  • Comercio
  • Establecimientos comerciales
  • Navarra
  • Recursos de inconstitucionalidad

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