Recurso de inconstitucionalidad n.º 5465-2013, contra la nueva redacción dada en el apartado uno del artículo único de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial, a los artículos 564; apartados 1 y 3 del artículo 570; apartado 1 del artículo 579; apartado 1 del artículo 580; artículo 590; apartado 1 del artículo 591; artículo 599; apartado 4 del artículo 600 y apartado 2 del artículo 638 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 5 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5465-2013, promovido por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados, contra la nueva redacción dada en el apartado uno del artículo único de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial, a los artículos 564; apartados 1 y 3 del artículo 570; apartado 1 del artículo 579; apartado 1 del artículo 580; artículo 590; apartado 1 del artículo 591; artículo 599; apartado 4 del artículo 600 y apartado 2 del artículo 638 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como el apartado 3 de la disposición transitoria décima de aquella Ley Orgánica 4/2013.

Madrid, 5 de noviembre de 2013.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 273 del Jueves 14 de Noviembre de 2013. Disposiciones generales, Tribunal Constitucional.

Materias

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