Corrección de errores del Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones.

Advertidos errores en el Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril de 2011, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 33881, en el apartado «5.4 Canalización de enlace», los segundos subapartados a) y b), en las líneas 17 a 21, y sus correspondientes notas, deben quedar redactados como sigue:

a) Emplazando la bandeja o los cables no armados en una ubicación en la que ésta no se encuentre sujeta a ningún tipo de riesgo mecánico 1 y los cables no sean accesibles. Las soluciones adoptadas se justificarán en el Proyecto de la instalación 2;

b) Disponiendo algún tipo de protección mecánica adicional al menos en aquellas zonas en las que la bandeja o los cables no armados se encuentren sujetos a algún tipo de riesgo mecánico 3;

En la página 33891, en el apartado «6.2.1 Tubos», las tres primeras filas de la tabla se sustituyen por las siguientes:

Características

Tipo de tubos

Montaje superficial

Montaje empotrado

Montaje enterrado

Resistencia a la compresión.

≥ 1.250 N

≥ 320 N

≥ 450 N

Resistencia al impacto.

≥ 2 J

≥ 1 J para R = 320 N

≥ 2 J para R > 320 N

Normal

Temperaturas de instalación y servicio.

-5 ºC ≤ T ≤ 60 ºC

-5 ºC ≤ T ≤ 60 ºC

No declaradas

En la página 33892, en la tabla del apartado «6.2.2 Canales», las filas primera (Dimensión del canal) y tercera (Temperatura de instalación y servicio), se sustituyen por las siguientes:

Característica

Grado

Dimensión del canal.

Altura ≤ 17 mm

y

base ≤ 50 mm

Altura > 17 mm

o

base > 50 mm

Temperatura de instalación y servicio.

15 ºC ≤ T ≤ 60 ºC

-5 ºC ≤ T ≤ 60 ºC

1 Como riesgo mecánico se considerará cualquier causa que pueda dañar el aislamiento del cable de comunicación tal como el impacto, compresión, roedores, etc.

2 En general el cumplimiento con esta prescripción se considera cubierto instalando las bandejas o los cables no armados en el interior de huecos de la construcción registrables o a una altura de 2,5 m cuando están instaladas sobre pared o a 4 m en el resto de los casos.

3 Esta protección mecánica puede proporcionarla el uso adicional de tubos, canales o cables armados, la interposición de barreras adicionales que confieran la protección mecánica adecuada, etc.

En la página 33892, en el apartado «6.2.3 Bandejas», en la segunda fila de la tabla a continuación de la casilla «Temperatura de instalación y servicio», en la columna correspondiente a «Bandejas», donde dice: «-5 ºC=T=60 ºC», debe decir: «–5 ºC ≤ T ≤ 60 ºC».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 251 del Martes 18 de Octubre de 2011. Disposiciones generales, Ministerio De Industria, Turismo Y Comercio.

Materias

  • Edificaciones
  • Entidad Nacional de Acreditación
  • Equipos de telecomunicación
  • Normalización
  • Normas Básicas de la Edificación
  • Obras
  • Redes de telecomunicación
  • Reglamentaciones técnicas
  • Servicios de telecomunicación
  • Telecomunicaciones

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