Orden ARM/2631/2011, de 20 de septiembre, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden ARM/1971/2011, de 8 de julio.

De conformidad con los artículos 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y el 38.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado,

Este Ministerio acuerda hacer pública la resolución total de la convocatoria de libre designación anunciada por Orden ARM/1971/2011, de 8 de julio («BOE» del día 15 de julio de 2011), según Anexo adjunto a la presente Orden.

El plazo máximo para la toma de posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, significándose que en este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992.

Madrid, 20 de septiembre de 2011.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, P. D. (Orden ARM/939/2011, de 13 de abril), la Subsecretaria de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, María Felicidad Montero Pleite.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 238 del Lunes 3 de Octubre de 2011. Autoridades y personal, Ministerio De Medio Ambiente, Y Medio Rural Y Marino.

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