Corrección de errores del Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa.

Advertidos errores en el Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 161, de 7 de julio de 2011, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 71559, en el apartado Uno del artículo 14, donde dice: «disposición adicional trigésima tercera», debe decir: «disposición adicional trigésima cuarta».

En la página 71559, en el apartado Dos del artículo 14, donde dice: «Se añade una disposición adicional trigésima tercera que queda redactada de la siguiente forma:

"Disposición adicional trigésima tercera…"»,

debe decir: «Se añade una disposición adicional trigésima cuarta que queda redactada de la siguiente forma:

"Disposición adicional trigésima cuarta…"».

En la página 71569, en el apartado Dos del artículo 30 donde dice: «La letra a) del apartado 1 del artículo 12 queda redactada del siguiente modo», debe decir: «El segundo párrafo de la letra a) del apartado 1 del artículo 12 queda redactada del siguiente modo:».

En la página 71569, en el apartado Uno del artículo 31 donde dice: «La letra c) del artículo 18 queda modificada como sigue:», debe decir: «La letra c) del apartado 1 del artículo 18 queda modificada como sigue:».

En la página 71569, en el apartado Dos del artículo 31 donde dice: «La letra d) del artículo 18 queda modificada como sigue:», debe decir: «La letra d) del apartado 1 del artículo 18 queda modificada como sigue:».

En la página 71570, en el apartado Tres del artículo 32 donde dice: «Se añade un nuevo párrafo al apartado 1 del artículo 30 con la siguiente redacción:», debe decir: «El apartado 1 del artículo 30 tendrá la siguiente redacción:».

En la página 71570, en el apartado Uno del artículo 33 donde dice: «El apartado 2 del artículo 13 queda redactado en los siguientes términos:», debe decir: «El primer párrafo del apartado 2 del artículo 13 queda redactado en los siguientes términos:».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 167 del Miércoles 13 de Julio de 2011. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.

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