Corrección de errores del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación.

Advertidos errores en el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 25, de 29 de enero de 2011, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 9547, en la disposición transitoria única, apartado 1, última línea, donde dice: «… a más tardar 12 meses después de dicha fecha.», debe decir: «… a más tardar 12 meses después de la entrada en vigor de este real decreto.».

En la misma página, en la disposición derogatoria única, apartado 1, en la segunda línea del segundo párrafo, donde dice: «… instalaciones consideradas en el artículo 5.3 y podrá usarse…», debe decir: «… instalaciones no consideradas en el artículo 5.1 y podrá usarse…».

En la página 9548, en el anexo, actividad de REFINO DE PETRÓLEO, tercera línea, donde dice: «Calderas de P.t.n. < 50 MWt y > 20 MWt(1)», debe decir: «Calderas de P.t.n. < 50 MWt y > 20 MWt».

En la página 9557, en el anexo, actividad de MINERÍA NO ENERGÉTICA Y PROCESOS EN INDUSTRIAS VARIAS. INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTÓN Y PASTA DE PAPEL, en la última línea, donde dice: «a.e.a., (c.p. > 20 t/día), (excluida fabricación de cal)», debe decir: «a.e.a., (c.p. <= 20 t/día), (excluida fabricación de cal)».

En la misma página del anexo, actividad de INDUSTRIA ALIMENTARIA, en las tres últimas líneas, donde dice: «con c.p. >= 400 t/año», debe decir: «con c.p. >= 3.000 t/año»; donde dice: «a.e.a., con c.p. < 400 t/año y <= 100 t/año», debe decir: «a.e.a., con c.p. < 3.000 t/año y >= 400 t/año»; y donde dice: «a.e.a., con c.p. < 100 t/año», debe decir: «a.e.a., con c.p. < 400 t/año».

En la página 9566, en el anexo, actividad de GANADERÍA(4) (FERMENTACIÓN ENTÉRICA), sexta línea, donde dice: «a.e.a., con capacidad < 50 cabezas», debe decir: «a.e.a., con capacidad < 60 cabezas». A continuación, en la novena línea, donde dice: «a.e.a., con capacidad < 50 ovejas», debe decir: «a.e.a., con capacidad < 330 ovejas».

En la página 9567, en el anexo, actividad GANADERÍA (GESTIÓN(4) DE ESTIÉRCOL), en la cuarta línea de la citada página, donde dice: «a.e.a., con capacidad < 50 cabezas», debe decir: «a.e.a., con capacidad < 60 cabezas»; a continuación, en la línea decimotercera de la misma página, donde dice: «a.e.a., con capacidad < 50 ovejas», debe decir: «a.e.a., con capacidad < 330 ovejas».

En la página 9568, en el anexo, en la nota (3), sexta línea, donde dice: «…o las frases de riesgo R40, R45, R46, R49, R60 o R61…«, debe decir: «… o las frases de riesgo R40, R45, R46, R49, R60, R61 o R68 …».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 83 del Jueves 7 de Abril de 2011. Disposiciones generales, Ministerio De Medio Ambiente, Y Medio Rural Y Marino.

Materias

  • Actividades económicas
  • Autorizaciones
  • Calidad del aire
  • Contaminación atmosférica
  • Industrias
  • Políticas de medio ambiente

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