Anuncio de subasta notarial de don Juan-Enrique García Jiménez, Notario del Ilustre Colegio de Cataluña, con residencia en Barcelona.

Don Juan-Enrique García Jiménez, Notario del Ilustre Colegio de Cataluña, con residencia en Barcelona,

Hago saber: Que en mi Notaría, sita en calle Felipe II, número 293, entresuelo (C.P. 08016), se tramita venta extrajudicial, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Urbana.- Número diez. Piso segundo, puerta primera, en la planta tercera del edificio señalado con el número 322 de la calle Concepción Arenal, de esta vecindad; de superficie cincuenta y nueve metros setenta y ocho decímetros cuadrados. Linda: Al frente, con vivienda puerta segunda de la misma planta, caja de la escalera y patio de luces; a la izquierda entrando, con calle Rubén Darío; a la derecha, con patio de luces; y al fondo, con finca de Don Francisco Muñiz.

Coeficiente: 3,57 por ciento.

Inscripción: Registro de la Propiedad de Barcelona número dos, en el tomo 3.223, libro 84 de la Sección 3ª, folio 170, finca 4.462 (antes 24.078).

Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi Notaría. La 1ª subasta, el seis de mayo de dos mil diez, a las once (11) horas, siendo el tipo base el de ciento cuarenta y cuatro mil euros (144.000,00 euros); de no haber postor o si resultare fallida, la 2ª subasta, el tres de junio de dos mil diez, a las once (11) horas, cuyo tipo será el 75 por 100 de la primera; en los mismos casos la 3ª subasta, el uno de julio de dos mil diez, a las once (11) horas sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el siete de julio de dos mil diez, a las once (11) horas.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultar­se en la Notaría de lunes a viernes, de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute conti­nuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la 1ª y 2ª subastas y en la 3ª un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Barcelona, 5 de marzo de 2010.- Notario de Barcelona.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 62 del Viernes 12 de Marzo de 2010. Anuncios, Otros Poderes Adjudicadores.

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