ACTAS Finales de la Conferencia Regional de Radiocomunicaciones para la planificación del servicio de radiodifusión digital terrenal en partes de las Regiones 1 y 3, en las bandas de frecuencias 174-230 MHz y 470-862 MHz (CRR-06), hecho en Ginebra el 16 de junio de 2006. Aplicación provisional.

El artículo 2 de las Actas establece que las disposiciones del Acuerdo se aplican provisionalmente desde el 17 de junio de 2006 hasta su entrada en vigor.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 3 de julio de 2007.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Francisco Fernández Fábregas.

[En suplemento aparte se publican las Actas Finales de la Conferencia Regional de Radiocomunicaciones para la planificación del servicio de radiodifusión digital terrenal en partes de las Regiones 1 y 3, en las bandas de frecuencias 174-230 MHz y 470‑862 MHz (CRR‑06), hecho en Ginebra el 16 de junio de 2006]

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 173 del Viernes 20 de Julio de 2007. Disposiciones generales, Ministerio De Asuntos Exteriores Y De Cooperación.

Notas

  • Entrada en vigor de forma general el 17 de junio y para España el 31 de julio de 2007, BOE-A-2007-16938
  • Aplicación provisional 17 de junio de 2006.
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 3 de julio de 2007.

Materias

  • Acuerdos internacionales
  • Antenas
  • Radiodifusión
  • Telecomunicaciones
  • Unión Internacional de Telecomunicaciones

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