RECURSO de inconstitucionalidad número 1894-2002, promovido por el Presidente del Gobierno, contra la Ley de la Asamblea de Extremadura 14/2001, de 29 de noviembre, del Impuesto sobre Depósitos de las Entidades de Crédito.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de mayo actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1894-2002, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, contra la Ley de la Asamblea de Extremadura 14/2001, de 29 de noviembre, del Impuesto sobre Depósitos de las Entidades de Crédito. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de la Ley impugnada desde la fecha de interposición del recurso -27 de marzo de 2002- para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el "Boletín Oficial del Estado" para los terceros.

Madrid, 7 de mayo de 2002.-El Presidente del Tribunal Constitucional,

JIMÉNEZ DE PARGA Y CABRERA

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 121 del Martes 21 de Mayo de 2002. Disposiciones generales, Tribunal Constitucional.

Notas

  • Suspende 21 de mayo de 2002 la vigencia y aplicación de la norma impugnada y desde el 27 de marzo de 2002 para las partes legitimadas.

Materias

  • Banca
  • Cajas de Ahorro
  • Cooperativas de crédito
  • Depósitos
  • Extremadura
  • Recursos de inconstitucionalidad
  • Sistema tributario

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