ORDEN MAM/997/2002, de 3 de abril, por la que se convocan becas "Ministerio Medio Ambiente-Fulbright" para el curso académico 2003-2004.

El Ministerio de Medio Ambiente tiene atribuidas competencias

dirigidas a promover la formación y el perfeccionamiento académico y

profesional de su personal funcionario como actividad básica dentro del

proceso de constante actualización y modernización en el que se encuentra

inmersa la Administración Pública española.

En este sentido, la ejecución de las acciones públicas que tiene

encomendadas este Ministerio, el desarrollo permanente de las tecnologías

aplicables para su realización y los problemas y asignación de recursos y

de organización que todo ello supone, ha motivado la financiación de un

programa de cooperación con la Comisión de Intercambio Cultural,

Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América, en

que se acuerda convocar becas "Ministerio de Medio Ambiente-Fulbright",

con el fin de favorecer entre el personal funcionario de nivel superior

la formación y perfeccionamiento profesional en las diversas áreas de

competencia de este departamento.

En su virtud, dispongo:

Primero.-Convocar, en colaboración con la Comisión de Intercambio

Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de

América (Programa Fulbright), dentro de las disponibilidades

presupuestarias y con arreglo a las bases que se especifican en el anexo de esta

Orden, un máximo de tres becas, una modalidad A, y dos modalidad B,

para la realización de estudios y proyectos de formación y

perfeccionamiento profesional en los Estados Unidos de América.

Segundo.-Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su

publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 3 de abril de 2002.

MATAS PALOU

Excmo. Sr. Secretario de Aguas y Costas e ilustrísimas señoras

Subsecretaria y Secretaria general de Medio Ambiente.

ANEXO

Bases de la convocatoria de becas

"Ministerio de Medio Ambiente-Fulbright". Curso 2003-2004

I. Finalidad de las becas

La finalidad de las becas "Ministerio Medio Ambiente-Fulbright" es

contribuir a la formación y al perfeccionamiento técnico-profesional del

personal funcionario del Ministerio de Medio Ambiente" y de sus organismos

autónomos, mediante la realización de estudios y desarrollo de trabajos

concretos en Universidades y centros especializados estadounidenses.

II. Áreas de formación

Las áreas de formación serán todas aquellas que puedan tener

aplicación en el desarrollo de las acciones públicas que son competencia del

Ministerio de Medio Ambiente. Los temas prioritarios de investigación

se recogen al final del presente anexo.*

III. Modalidades y objeto de las becas de formación académica

y profesional

Las modalidades de las becas serán las que se especifican a

continuación, debiendo el becario desarrollar alguna de las actividades que

constituyen su objeto, sin perjuicio de que el aspirante pueda proponer

en su solicitud, y el Comité de Selección admitir, la realización alternativa

de cualquier otra actividad:

Modalidad A:

Objeto: Formación académica a tiempo completo seguida por un período

de dos a seis meses de prácticas profesionales y/o participación en un

equipo de trabajo en agencias gubernamentales o centros especializados.

Duración: Mínimo seis, máximo diez meses.

Excepcionalmente se estudiarán proyectos de formación para la

obtención de titulación de "Master's" de un máximo de diez meses.

Modalidad B:

Objeto: Realización de un proyecto de investigación en una Universidad

o con un equipo de trabajo en agencias gubernamentales o centros de

investigación.

Duración: Mínimo seis, máximo diez meses.

IV. Gestión administrativa de las becas

La gestión administrativa de las becas corresponderá a la Comisión

de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados

Unidos de América (Programa "Fulbright"), que gestionará las admisiones

de los becarios en los centros y Universidades norteamericanas, y prestará

la colaboración necesaria para la realización de estudios, visitas o

relaciones de carácter profesional.

V. Requisitos de los solicitantes

Para optar a estas becas, los solicitantes deberán reunir los siguientes

requisitos:

a) Ser funcionario de carrera de Cuerpo o Escalas del grupo A y

estar prestando servicios en el Ministerio de Medio Ambiente o en sus

Organismos Autónomos.

b) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero Superior,

Arquitecto o Doctor.

c) Contar con una experiencia de trabajo, en la Administración

General del Estado, no inferior a dos años en el momento de solicitar la beca.

d) Poseer un excelente conocimiento del idioma inglés, hablado y

escrito.

VI. Dotación de las becas

Las becas serán dotadas por los siguientes conceptos:

a) Para cubrir los gastos que se originen como consecuencia de la

estancia de los becarios en los Estados Unidos, los becarios recibirán un

porcentaje de la dieta completa prevista en el Real Decreto 236/1988,

de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón de servicio. Dicho

porcentaje oscilará entre un mínimo del 50 por 100 y un máximo del 80

por 100, en función de que algún familiar permanezca en su compañía

durante todo o parte del período de la beca.

b) Importe de matrículas y/u otras tasas obligatorias de la Universidad

o centro especializado en que sea admitido, hasta un máximo de 10.500

dólares, en modalidad A.

Excepcionalmente, cuando el objetivo sea la obtención de un título

o "master's" el importe de la matrícula podrá ser de hasta un máximo

de 14.000 dólares. En este caso no se podrá solicitar una cantidad adicional

para gastos del proyecto.

Ayuda para gastos derivados del proyecto, si procede, hasta un máximo

de 3.500 dólares, para gastos derivados del proyecto.

c) En las becas de modalidad B, al no existir gastos de matricula,

la dotación será de un máximo de 3.500 dólares.

d) Importe de un curso de orientación académico, si se considere

necesario. El Gobierno de los Estados Unidos se hará cargo de los gastos

de este curso, si recibe la aprobación presupuestaria correspondiente.

e) El Gobierno de los Estados Unidos subscribirá un seguro de

enfermedad y accidente, que contará con una cobertura máxima de 50.000

dólares.

VII. Duración de la beca

Los proyectos de investigación, así como los programas de formación

y de perfeccionamiento técnico-profesional, para cuya realización se

concede esta beca, tendrán una duración mínima de seis meses y máxima

de diez meses y estarán comprendidos entre agosto del año 2003 y

diciembre de 2004.

Las becas no son renovables.

VIII. Formalización de la solicitud

1. Los impresos de solicitud estarán a disposición de los interesados

en la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Medio

Ambiente, plaza de San Juan de la Cruz, sin número, 28071 Madrid

(despacho A-211, teléfono 91 597 67 24), y en la Comisión de Intercambio

Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos

(Programa "Fulbright"), paseo General Martínez Campos, 24, 28010 Madrid,

teléfonos 91 702 00 00 ó 91 319 11 26, fax 91 702 21 85 ó 91 308 57 04,

Correo electrónico: adviserUcomision-fulbright.org Internet:

http://www.fulbright.es

2. Deberá presentarse solicitud original y cuatro copias, acompañadas

cada una de ellas de la documentación que se detalla a continuación,

ordenada de la forma siguiente:

a) Una fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Una fotocopia reciente, tamaño carné, firmada al dorso.

c) Descripción del proyecto a través de una Memoria, con una

extensión máxima de cinco folios, a doble espacio. Dicha Memoria deberá

contener una exposición de carácter técnico y profesional del plan de

formación, incluyendo además:

El motivo que le induce a realizar el proyecto en los Estados Unidos

y, si es posible, preferencia del lugar o lugares de destino.

La titulación académica a que aspira, si procede.

La importancia del proyecto para el desarrollo de las acciones del

departamento.

Los objetivos profesionales individuales a largo plazo.

d) Currículum vitae.

e) Certificación académica completa de los estudios universitarios

realizados o fotocopia compulsada de la misma.

f) Cuatro informes confidenciales, preferiblemente en inglés, en

impresos que se entregarán con la solicitud. De acuerdo con las

instrucciones que figuran en los mismos, los firmantes de los informes, bien

elegidos por su relación profesional o académica, deberán entregarlos

directamente en sobre cerrado. La Comisión se encargará de hacer las fotocopias

oportunas.

g) Opcional: Una fotocopia de los resultados del "Test of English as

Foreign Language TOEFL" (puntuación mínima de 237 en el

"Computer-based Test" (CBT).

3. Las solicitudes, junto con los documentos anteriormente señalados,

se presentarán o remitirán por correo certificado a la Comisión de

Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos

de América, paseo General Martínez Campos, 24, 28010 Madrid.

IX. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazo de treinta días

hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín

Oficial del Estado" de la presente Orden.

X. Proceso de selección

a) El Comité de Selección estará formado por:

Presidente: La Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente.

Vicepresidente: El Subdirector General de Recursos Humanos.

Vocales: Un funcionario, con categoría de Subdirector general, en

representación de cada uno de los órganos siguientes:

Secretaría de Estado de Aguas y Costas.

Secretaría General de Medio Ambiente.

Representantes de la Comisión en igual número que miembros con

voto del Ministerio de Medio Ambiente.

Secretario: Un funcionario designado por el Subdirector general de

Recursos Humanos.

b) La selección se llevará a cabo en dos fases, cada una de ellas

eliminatoria:

1. Primera fase: Si el solicitante no ha presentado resultado de un

mínimo de 237 en el examen TOEFL deberá realizar una prueba de idioma

inglés en Madrid.

2. Segunda fase: Quienes hayan superado la primera fase deberán

realizar una entrevista personal con el Comité de Selección. En dicha

entrevista se valorará:

La exposición oral del proyecto y la defensa de la Memoria que realice

el candidato.

Los méritos académicos y profesionales del aspirante.

La aplicabilidad en el Ministerio de Medio Ambiente del proyecto a

realizar.

c) Concluidas las pruebas, el Comité de Selección formulará una

relación de las personas seleccionadas y propuestas para las becas, así como

una lista con las personas de reserva, si las hubiere, y la elevará a la

Subsecretaría de Medio Ambiente, quien adoptará la resolución final. Dicha

resolución será comunicada a la Comisión, que la presentará al "J. William

Fulbright Foreign Scholarship Board".

XI. Situación administrativa del becario durante su estancia

en los Estados Unidos

La situación administrativa de los becarios durante su estancia en

los Estado Unidos de América será la de servicio activo en licencia por

estudios, de conformidad con el artículo 72 de la Ley de Funcionarios

Civiles (texto refundido aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero).

XII. Obligaciones de los becarios

Serán obligaciones de los becarios:

a) Cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del programa

de formación y perfeccionamiento profesional.

b) Presentar los informes, formularios y demás documentos que le

sean remitidos por las entidades que colaboran en la gestión del programa.

c) Permanecer en el centro donde se desarrolle su proyecto. Cualquier

propuesta de ausencia o de cambio de centro, modificación del proyecto

de trabajo, traslado temporal a España o regreso antes del término la

beca debe ser comunicada a la Comisión, la cual solicitará la aprobación

del Ministerio.

Los becarios que sean autorizados a permanecer temporalmente fuera

del centro donde realizan su proyecto podrán seguir percibiendo las

asignaciones mensuales durante el período autorizado, que no podrá ser

superior a treinta días.

d) Presentar una Memoria-Informe final explicativa de la labor

realizada y de los resultados obtenidos, junto con un informe del supervisor

principal académico y/o del supervisor profesional, según proceda.

Igualmente, presentarán copia oficial de la certificación académica en su caso.

La Memoria habrá de tener una extensión mínima de 10 folios

mecanografiados a doble espacio. Esta documentación, original y fotocopia,

será entregada a la Comisión dentro del plazo máximo de sesenta días,

siguientes a la terminación del disfrute de la beca. La Comisión remitirá

el original de la citada documentación al Ministerio.

e) El becario queda comprometido, a su regreso a España, a continuar

en situación de servicio activo en la Administración General del Estado,

por un período mínimo de dos años, contados a partir de la fecha de

vuelta del becario a España. De no hacerlo así, estará obligado a reintegrar

el importe equivalente a los gastos totales que haya supuesto la concesión

y disfrute de la beca.

f) El acuerdo de los Gobiernos de España y de los Estados Unidos,

principales patrocinadores del programa "Fulbright", exige que todos los

beneficiarios que viajen a Estados Unidos, con el visado J.1 regrese a

su país de origen una vez finalizado su programa de estudios, de

investigación y de formación profesional, comprometiéndose a no fijar

residencia permanente en los Estados Unidos durante los dos años siguientes.

La exención de esta norma sólo es posible con la aprobación explícita

de los dos gobiernos.

g) Suscribir una póliza de seguro médico y de accidentes, con

cobertura completa, para los familiares del becario, si va acompañado, que

incluya los desplazamientos internacionales y nacionales.

XIII. Incompatibilidades

a) El disfrute de estas becas será incompatible con cualquier otro

tipo de beca o ayuda económica concedida por iguales o similares

conceptos.

b) Las personas involucradas en la gestión del programa Ministerio

de Medio Ambiente-Fulbright o que tengan parentesco de primer grado

con éstas no podrán acogerse a la presente convocatoria.

c) Haber sido becario de un programa "Fulbright" en los últimos tres

años.

Áreas de formación

Conservación de la naturaleza:

Estudio e inventario de los espacios naturales, de las especies

amenazadas y de los ecosistemas.

Realización de estudios y estadísticas en materia de conservación de

la naturaleza.

Estudios sobre restauración hidrológica forestal, reforestación,

preservación y mejora de la cubierta vegetal.

Actuación de recuperación y regeneración de la vegetación natural.

Recuperación de especies.

Estudio de la legislación existente en relación con la conservación de

la naturaleza.

Gestión de Parques Nacionales y espacios naturales protegidos.

Estudio y seguimiento de variables ecológicas.

Planificación de espacios naturales protegidos.

Costas:

Ingeniería de costas.

Gestión integral de la costa. Protección de sistemas dunares.

Gestión de parques litorales y santuarios marinos.

Estudios de impacto ambiental en playas.

Diseño de paseos marítimos y sendas litorales

Ecosistemas litorales.

Contaminación marina.

Medio ambiente:

Agricultura sostenible desde el punto de vista ambiental.

Calidad y evaluación estratégica del impacto ambiental.

Derecho medioambiental y su aplicación.

Educación y medio ambiente. La pedagogía en un mundo

crecientemente contaminado. La enseñanza de pautas de conducta y consumo

preventivas de la contaminación y degradación del medio.

Enfoque integral de la contaminación de las actividades industriales.

Gestión de residuos potencialmente peligrosos.

Gestión de residuos sólidos urbanos (RSU).

Información y medio ambiente. Sistemas de información ambiental.

Indicadores ambientales.

Inspección ambiental de las actividades de producción.

Medio ambiente y energía.

Medio ambiente y transporte.

Mejoras tecnológicas disponibles (BATs) y medio ambiente. La

prevención y reducción de la contaminación por medio de la tecnología.

Sistemas de ecogestión y ecoauditorías de las actividades humanas

de producción.

Suelos contaminados (caracterización, clasificación, descontaminación,

tecnologías).

Proyectos de vertederos (localización, diseño, sellado y regeneración).

Tratamiento y gestión de residuos: Reciclaje.

Utilización de instrumentos económicos, financieros y fiscales con fines

ambientales.

Meteorología y climatología:

Análisis y predicción del tiempo.

"Nowcasting".

Predicción aeronáutica.

Predicción de tormentas severas.

Predicción a corto, medio y largo plazo.

Evaluación y reducción de riesgos naturales.

Modelización numérica.

Teledetección terrestre y satelitaria.

Obras hidráulicas y calidad de las aguas:

Estudio de comportamiento, dinámico de presas (materiales sueltos

y hormigón).

El Comité de Selección podrá considerar propuestas alternativas

presentadas por los aspirantes.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 109 del Martes 7 de Mayo de 2002. Otras disposiciones, Ministerio De Medio Ambiente.

Otras ediciones del BOE

<<<Junio 2024>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30

Ultima edición del BOE

Ultima edición del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...