ORDEN DEF/462/2002, de 19 de febrero, por la que se modifica parcialmente la Orden 42/2000, de 28 de febrero, sobre directrices generales de los planes de estudios para la enseñanza militar de formación de los militares profesionales de tropa y marinería.

La Orden 42/2000, de 28 de febrero (publicada en el "Boletín Oficial

del Ministerio de Defensa" número 44, de 3 de marzo), sobre directrices

generales de los planes de estudios para la enseñanza militar de formación

de los militares profesionales de tropa y marinería, establece en el apartado

cuarto, "Ámbito de la formación física", del punto 2 de su anexo, los cuadros

de superación de pruebas físicas, correspondiendo el cuadro número 1

a las pruebas exigidas para el ingreso y el número 2 a las pruebas a

superar al finalizar la fase de formación general militar.

La implantación en el presente año del nuevo proceso de selección

continua de los militares de tropa y marinería profesional, y el cambio

en el concepto del proceso de selección hace necesario modificar la Orden

antes citada, en el sentido de suprimir el cuadro número 1 de pruebas

físicas exigidas para el ingreso.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 de la

Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas

Armadas, dispongo:

Apartado único.

Se da nueva redacción al apartado cuarto del punto 2 del anexo a

la Orden 42/2000 de 28 de febrero, sobre directrices generales de los planes

de estudio para la enseñanza de formación de los militares profesionales

de tropa y marinería, quedando como sigue:

Ámbito de la formación física:

Instrucción físico militar.-Superar el paso de obstáculos de la pista de

aplicación, en las condiciones que fije el Director del Centro en función de

la pista disponible, o en su caso, superar las pruebas sustitutorias que

se consideren.

Superar las pruebas del cuadro que a continuación se detallan:

Potencia tren

inferior

(salto vertical)

Potencia tren

superior

(extensión brazos)

Velocidad

(50 m.)

Resistencia

muscular

(1.000 m.)

Hombres Mujeres Hombres Mujeres Hombres Mujeres Hombres Mujeres

Grupo

A 9" 9,3" 4,20" 4,30" 37 cm. 36 cm. 8 f. 6 f.

Hombres y mujeres Hombres y mujeres Hombres y mujeres Hombres y mujeres

B 8,3" 4" 43 cm. 14 f.

Disposición derogatoria única.

Quedan derogadas en lo que se opongan a lo establecido en la presente

Orden todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación

en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, a 19 de febrero de 2002.

TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 55 del Martes 5 de Marzo de 2002. Otras disposiciones, Ministerio De Defensa.

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