Quiero saber acerca de...
- España
El Tribunal Constitucional, por providencia de 22 de
mayo actual, ha admitido a trámite el conflicto positivo
de competencia número 2.637/2001, promovido por
el Abogado del Estado, en nombre del Gobierno de la
Nación, frente al Gobierno Vasco, respecto del título II,
capítulo V, sección segunda, "De las funciones de
coordinación", y adenda del Acuerdo en lo relativo a licencias
y permisos de lactancia y para visitar a familiares hasta
el segundo grado de consanguinidad que estuviesen
cumpliendo penas privativas de libertad del II Acuerdo
entre el Departamento de Justicia del Gobierno Vasco
con las Organizaciones Sindicales sobre modernización
en la prestación del servicio público de la Justicia y su
repercusión en las condiciones de trabajo del personal
al servicio de la Administración de Justicia, aprobado
como anexo por el artículo único del Decreto del
Gobierno Vasco 309/2000, de 26 de diciembre. Y se hace
constar que, por el Gobierno, se ha invocado el
artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la
suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos
impugnados desde la fecha de interposición del conflicto.
Madrid, 22 de mayo de 2001.-El Presidente del
Tribunal Constitucional,
CRUZ VILLALÓN
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 134 del Martes 5 de Junio de 2001. Disposiciones generales, Tribunal Constitucional.