Corrección de errores de la Orden de 12 de diciembre de 2000 por la que se modifica la Orden de 20 de julio de 1995, por la que se establece el régimen y cuantía del complemento de destino del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Advertidos errores en el texto de la Orden de 12

de diciembre de 2000, por la que se modifica la Orden

de 20 de julio de 1995, por la que se establece el

régimen y cuantía del complemento de destino del Cuerpo

de Secretarios Judiciales, publicada en el "Boletín Oficial

del Estado" número 298, del 13, se transcribe a

continuación la oportuna rectificación:

En la página 43524, apartado cuarto, el epígrafe 8.6

debe quedar redactado de la siguiente forma: "8.6 Por

la peligrosidad que implica la realización de las funciones

en la Secretaría de Gobierno y Salas de lo Penal de

la Audiencia Nacional, Juzgado Central de lo Penal,

Juzgados Centrales de Instrucción y Decanato de los

Juzgados Centrales de Instrucción, se acreditarán a los

Secretarios judiciales siete puntos mensuales".

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 310 del Miércoles 27 de Diciembre de 2000. Disposiciones generales, Ministerio De La Presidencia.

Materias

  • Cuerpo de Secretarios de la Administración de Justicia
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Retribuciones

Otras ediciones del BOE

Ultima edición del BOE

Ultima edición del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...