ACUERDO de 17 de octubre de 2000, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se nombran Magistrados suplentes y Jueces sustitutos para el año judicial 2000/2001 en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de Cataluña y la Comunidad Valenciana.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder

Judicial, en su reunión del día de la fecha, y en uso de las facultades

delegadas por el Pleno en su sesión de 3 de octubre de 1989,

ratificada en la de 22 de abril de 1993 ("Boletín Oficial del Estado"

de 7 de mayo), ha acordado nombrar para el año

judicial 2000/2001, por el trámite previsto en el artículo 147 del

Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, a los

Magistrados suplentes y Jueces sustitutos que a continuación se

relacionan en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia

de Cataluña y la Comunidad Valenciana:

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

Don Antonio Gabriel Monserrat Valero, Magistrado suplente

de la Audiencia Provincial de Barcelona.

Doña Joaquina Montserrat Boyero Martín y doña Cecilia Ayala

Estrada, Jueces sustitutas de los Juzgados de Barcelona.

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana

Don Lorenzo Cotino Hueso, Magistrado suplente del Tribunal

Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Contra el presente Acuerdo cabe interponer recurso

contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo

en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de

su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 17 de octubre de 2000.-El Presidente del Consejo

General del Poder Judicial,

DELGADO BARRIO

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 256 del Miércoles 25 de Octubre de 2000. Autoridades y personal, Consejo General Del Poder Judicial.

Otras ediciones del BOE

<<<Junio 2024>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30

Ultima edición del BOE

Ultima edición del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...