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Fallo: «Que debemos estimar y estimamos el presente recurso contencioso-administrativo directo interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, por lo que anulamos el Real Decreto 2197/1995, de 28 de diciembre, por el que se establece el Certificado de Profesionalidad de la Ocupación de Analista de Laboratorio; sin expresa declaración sobre las costas».
Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.-Mariano Baena del Alcázar.-Antonio Martí García.-Rafael Fernández Montalvo.-Rodolfo Soto Vázquez.-Eduardo Carrión Moyano.
Madrid, 5 de febrero de 1999.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 99 del Lunes 26 de Abril de 1999. Disposiciones generales, Tribunal Supremo.