RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 1998, del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado, por la que se hace público el programa de premios para el sorteo de la Lotería Nacional que se ha de celebrar el día 10 de octubre de 1998.

SORTEO ESPECIAL "EUROPEO"

El próximo sorteo de la Lotería Nacional, que se realizará por el sistema

moderno, tendrá lugar el día 10 de octubre de 1998, a las diecinueve

treinta horas, en Lisboa (Portugal), para proceder a la extracción del premio

primero y premio especial "Europeo" al décimo, y a continuación en Madrid,

en el salón de sorteos, sito en la calle Guzmán el Bueno, 137, para realizar

el resto de las extracciones correspondientes a este sorteo, que constará

de diez series de 100.000 billetes cada una, al precio de 10.000 pesetas

el billete, divididos en décimos de 1.000 pesetas, distribuyéndose

639.278.000 pesetas en 35.631 premios de cada serie.

El salón de sorteos de Madrid estará conectado directamente con el

de Lisboa (Portugal) con objeto de que pueda seguirse el desarrollo de

la primera parte del sorteo.

Los billetes irán numerados del 00000 al 99999.

Premio al décimo

1 premio especial "Europeo" de 2.500.000 ecus

para una sola fracción de uno de los billetes

del número y país a que corresponda.

1 premio especial de 490.000.000 de pesetas para

una sola fracción de uno de los billetes

agraciados con el premio primero.

Pesetas

Premios por serie

1 de 100.000.000 de pesetas (una extracción de

5 cifras).................................................. 100.000.000

1 de 20.000.000 de pesetas (una extracción de 5

cifras)..................................................... 20.000.000

30 de 250.000 pesetas (tres extracciones de 4 cifras) . 7.500.000

1.300 de50.000 pesetas (trece extracciones de 3 cifras) . 65.000.000

3.000 de 20.000 pesetas (tres extracciones de 2 cifras) . 60.000.000

2 aproximaciones de 2.000.000 de pesetas cada

una, para los números anterior y posterior al

del que obtenga el premio primero................ 4.000.000

2 aproximaciones de 1.569.000 pesetas cada una,

para los números anterior y posterior al del que

obtenga el premio segundo.......................... 3.138.000

99 premios de 100.000 pesetas cada uno para los

99 números restantes de la centena del premio

primero.................................................. 9.900.000

99 premios de 100.000 pesetas cada uno para los

99 números restantes de la centena del premio

segundo.................................................. 9.900.000

99 premios de 100.000 pesetas cada uno para los

billetes cuyas tres últimas cifras sean iguales

y estén igualmente dispuestas que las del que

obtenga el premio primero .................................... 9.900.000

999 premios de 50.000 pesetas cada uno para los

billetes cuyas dos últimas cifras sean iguales y

estén igualmente dispuestas que las del que

obtenga el premio primero .................................... 49.950.000

9.999 reintegros de 10.000 pesetas cada uno, para los

billetes cuya última cifra sea igual a la del que

obtenga el premio primero........................... 99.990.000

10.000 reintegros de 10.000 pesetas cada uno, para los

billetes cuya última cifra sea igual a la que se

obtenga en la primera extracción especial de una

cifra....................................................... 100.000.000

10.000 reintegros de 10.000 pesetas cada uno, para los

billetes cuya última cifra sea igual a la que se

obtenga en la segunda extracción especial de

una cifra................................................. 100.000.000

35.631 639.278.000

Sorteo en Lisboa (Portugal)

Para la ejecución de este sorteo se utilizarán cinco bombos que, de

izquierda a derecha, representan las decenas de millar, unidades de millar,

centenas, decenas y unidades. Cada uno de ellos contendrá 10 bolas

numeradas del 0 al 9. La adjudicación del primer premio del sorteo se realizará

mediante extracción simultánea de una bola de cada uno de aquéllos.

Este premio será común para todos los países participantes.

Premio especial "Europeo"

Una vez extraído el número agraciado con el primer premio y común

para todos los países, se procederá a extraer, igualmente en Lisboa, el

premio "Europeo" de 2.500.000 ecus, de conformidad con el procedimiento

establecido en el Reglamento de la Lotería Europea 1990 "A.E.L.E.".

En el caso de que este premio "Europeo" recaíga en España, se

acumulará el premio especial al décimo correspondiente al número agraciado

con el primer premio a que se hace referencia en el apartado anterior.

Para la realización de dicho sorteo se introducirán en un solo bombo

125 bolas debidamente identificadas, y en proporcionalidad a la

contribución de su financiación por los países participantes en este sorteo:

Bélgica, Chipre, España, Grecia, Italia, Malta, Países Bajos, Portugal, Suiza,

Turquía y R. F. Yugoslavia.

Se extraerá una bola del citado bombo, cuya identificación indicará

el país a que corresponda el premio "Europeo".

Si correspondiera a España, se procederá a extraer de un solo bombo

que contiene el mismo número de bolas que de series (10 bolas del número 1

al 10), una bola que designará la serie; seguidamente se extraerá de un

solo bombo que contiene 10 bolas numeradas del 1 al 10, una bola que

representa la fracción a la que corresponderá el citado premio "Europeo".

Sorteo en Madrid (segunda parte)

En la segunda parte del sorteo a celebrar en Madrid, caso de no haber

correspondido a España el premio "Europeo", se procederá a extraer

simultáneamente, la fracción y la serie a que corresponde el premio especial

de 490.000.000 de pesetas.

Ha de tenerse en cuenta que si en cualquiera de las extracciones la

bola representativa de la fracción o de la serie fuera el 0, se entenderá

que corresponde a la 10. a

A continuación se procederá a la extracción del número

correspondiente al segundo premio de 20.000.000 de pesetas.

Se continuará con el resto de extracciones hasta completar el programa

de premios del sorteo.

Para la ejecución de este sorteo se utilizarán como mínimo cinco bombos

que, de izquierda a derecha, representan las decenas de millar, unidades

de millar, centenas, decenas y unidades. Cada uno de ellos contendrá

10 bolas numeradas del 0 al 9.

El quinto bombo, contendrá tantas bolas como número de series se

hayan emitido.

Para la adjudicación de los premios entrarán en juego, en cada

extracción, tantos bombos como se requieran para obtener la combinación

numérica prevista.

Se utilizarán dos bombos para la determinación de los premios

de 20.000 pesetas que se adjudicarán, respectivamente, a aquellos billetes

cuyas dos últimas cifras sean iguales y estén igualmente dispuestas que

las de los números extraídos. Tres bombos para los premios de 50.000

pesetas, que se adjudicarán respectivamente a los billetes cuyas tres últimas

cifras sean iguales y estén igualmente dispuestas que las de los números

obtenidos. Cuatro bombos para los premios de 250.000 pesetas que,

respectivamente, se adjudicarán a aquellos billetes cuyas cuatro últimas cifras

coincidan en orden y numeración con las de las bolas extraídas. Por último

de uno de los bombos, previa introducción de las bolas numeradas del

0 al 9, con excepción de la coincidente con la cifra final del primer premio,

agraciada ya con el reintegro correspondiente, se realizarán las dos

extracciones precisas, de una bola cada una, para determinar las cifras de los

reintegros especiales previstos en el programa, depositando cada vez en

su caja la bola extraída, para asegurar la no acumulación de los reintegros

en la misma cifra.

De los números formados por la extracciones de cinco cifras

correspondiente a los premios primero y segundo se derivarán las aproximaciones

y las centenas, como asimismo del premio primero, las terminaciones y

el reintegro correspondientes.

Con respecto a las aproximaciones señaladas para los números anterior

y posterior de los premios primero y segundo, se entenderá que si saliese

premiado, en cualquiera de ellos, el número 00000, su anterior es el 99999

y el siguiente el 00001. Asimismo, si el agraciado fuese el 99999, su anterior

es el 99998 y el 00000 será el siguiente.

Para la aplicación de los premios de centena se entenderá que si

cualquiera de los premios primero o segundo correspondiera, por ejemplo,

al número 25, se considerarán agraciados los 99 números restantes de

la misma; es decir, desde el 00 al 24 y desde el 26 al 99.

Tendrán derecho a premio de 100.000 pesetas los billetes cuyas tres

últimas cifras sean iguales y estén igualmente dispuestas que las del número

que obtenga el premio primero; a premio de 50.000 pesetas aquellos billetes

cuyas dos últimas cifras coincidan en orden y numeración con las del

que obtenga dicho primer premio y, finalmente, tendrán derecho al

reintegro de su precio cada uno de los billetes cuya cifra final sea igual a

la última cifra del número agraciado con el primer premio.

De los premios de centenas, terminaciones y reintegros ha de

entenderse que quedan exceptuados los números de los que, respectivamente,

se deriven, agraciados con los premios primero o segundo.

Asimismo, tendrán derecho al reintegro de su precio todos los billetes

cuya última cifra coincida con las que se obtengan en las dos extracciones

especiales, que se extraerán del sexto bombo.

El sorteo se efectuará con las solemnidades previstas en la Instrucción

del Ramo. En la propia forma se hará después un sorteo especial para

adjudicar la subvención a uno de los establecimientos benéficos de la

población donde se celebre el sorteo. Dicho sorteo especial quedará aplazado

si en el momento de la celebración del que se anuncia se desconocen

los establecimientos que puedan tener derecho a la mencionada

subvención.

Estos actos serán públicos, y los concurrentes interesados en el sorteo

tendrán derecho, con la venia del Presidente, a hacer observaciones sobre

dudas que tengan respecto a las operaciones del mismo.

Efectuado el sorteo se expondrán al público la lista oficial de las

extracciones realizadas y la lista acumulada ordenada por terminaciones.

Pago de premios

Los premios inferiores a 5.000.000 de pesetas por billete podrán

cobrarse en cualquier Administración de Loterías.

Los iguales o superiores a dicha cifra se cobrarán, necesariamente,

a través de las oficinas bancarias autorizadas, directamente por el

interesado o a través de Bancos o Cajas de Ahorro, y en presencia del

Administrador expendedor del billete premiado.

Los premios serán hechos efectivos en cuanto sea conocido el resultado

del sorteo a que correspondan y sin más demora que la precisa para

practicar la correspondiente liquidación y la que exija la provisión de fondos

cuando no alcancen los que en la Administración pagadora existan

disponibles.

Madrid, 3 de octubre de 1998.-El Director general, Luis Perezagua

Clamagirand.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 241 del Jueves 8 de Octubre de 1998. Otras disposiciones, Ministerio De Economía Y Hacienda.

Otras ediciones del BOE

<<<Junio 2024>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30

Ultima edición del BOE

Ultima edición del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...